Gobierno da prioridad portuaria al ingreso de combustible para generación de energía

El Muelle 3B en Puerto Cortés dará prioridad a los buques petroleros

Ante la crisis de energía y los racionamientos que se aplican a nivel nacional, la Secretaría de Energía aprobó el Acuerdo SEN-33-2024, que declara como prioridad portuaria la importación de combustibles usados para la generación de energía pública y privada.

“Para garantizar el cumplimiento del derecho humano del servicio de energía eléctrica, todas las instituciones, empresas públicas/privada que participan o intervienen en los procesos requeridos, deben agilizar y dar prioridad a las actividades necesarias para el atraque y la descarga de buques que transporten combustible para generación de electricidad, desde el arribo al puerto hasta que se descargue su contenido en la terminal de almacenamiento”, apunta el acuerdo.

Importaciones superaron los $3.000 millones en febrero

Las autoridades argumentan que el año pasado, Honduras fue afectada por el fenómeno El Niño, cuyos efectos impactaron en una mayor demanda de electricidad y menor disponibilidad de recursos renovables para la generación de electricidad, y los efectos la siguen este año.

Agrega que las facilidades portuarias de Puerto Cortés han mejorado, pero “sólo un muelle (3B) dispone de capacidad para barcos de mayores dimensiones”, lo que puede ocasionar atrasos en los procesos de carga o descarga de los volúmenes transportados por esos buques y por ello se necesita la prioridad a este sector.

Según datos del Centro Nacional de Despacho (CND), la capacidad instalada en plantas generadoras termoeléctricas propiedad de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y de empresas privadas que operan con combustibles derivados del petróleo es de “1,047.2 megavatios (MW), que representan el 33,93% de la capacidad instalada en el Sistema Interconectado Nacional (SIN)”, y en el año 2023
suplieron 4,712.79 gigavatios hora (GWh), representando el 40,61% de la demanda de energía eléctrica nacional.

Para disponer de la capacidad de generación térmica, la SEN señala que es necesario que las plantas tengan el suministro ininterrumpido de combustibles, lo que implica que se garantice la cadena de transporte y suministro desde que arriban al país los buques que lo transportan y hasta que el combustible arribe a cada planta generadora.

La SEN, en el artículo 2, declara “prioritario el atraque de buques que transportan combustibles para generación de energía eléctrica”, estableciendo la condición de “atraque al arribo” de esos buques, con el fin de disponer siempre de la capacidad de generación de electricidad de esa potencia firme, y así garantizar el cumplimiento del suministro a la población.

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