¿Cuáles son los beneficios fiscales que ofrece Honduras a los exportadores?

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Honduras es el país que más incentivos fiscales a la inversión ofrece en Centroamérica, situación que podría cambiar en los próximos años tras la revisión y eliminación de más de una docena de regímenes especiales con la Ley de Justicia Tributaria.

Según el Servicio de Rentas (SAR), quedarán seis regímenes en vigencia, incluyendo dos nuevos: Zonas Francas y RINDE.

(VEA: Lo que derogaría la Ley de Justicia Tributaria, en su texto original)

Por el momento, las exoneraciones y exenciones fiscales para el sector exportador se centran en las siguientes leyes:

La más antigua ley que incluye tratamientos tributarios preferenciales en Honduras es la Ley de Zonas Libres (ZOLI) que anteriormente se denominaba Ley de la Zona Libre de Puerto Cortés que incluye, además de las exenciones en el pago de impuestos a la internación de productos, incluyendo el Impuesto Sobre Ventas, la exención del ISR sobre las ganancias de las empresas que se ubiquen en la zona libre en forma permanente; no obstante, los salarios y demás rentas personales que se generen dentro de la zona sí pagarán tributos.

De la misma manera, en 2006 se emitió la Ley de Zona Libre Turística del Departamento de Islas dela Bahía (ZOLITUR), en la que las empresas, salvo lo dispuesto en materia de pagos por pasajero extranjero o visitante a la zona y de un impuesto sobre ingresos (tipo turnover tax) del 4% en sustitución del ISR sobre ganancias de capital por las transacciones de bienes inmuebles; no tienen mayores cargos tributarios, debido a que las transacciones, actos y contratos dentro de la misma están exentas del pago de cualquier otro impuesto vigente en la República de Honduras, en forma permanente.

Por su parte, el régimen de importación temporal establece que las utilidades derivadas de las exportaciones realizadas por las empresas que se encuentren calificadas en este régimen disfrutarán de una exención del pago del ISR por un período de diez años; para el efecto, la empresa deberá calificar como empresa industrial y la exportación de sus productos deberá dirigirse a países no centroamericanos. La Ley de Zonas Industriales de Procesamiento para Exportaciones (ZIP) constituye una ampliación de la Ley de Zonas Libres.

Estas zonas son áreas geográficas aprobadas por el poder ejecutivo y sin población residente, creadas con el propósito de promover la utilización de mano de obra local y fomentar la industria y producción de servicios orientados a la exportación.

Todos los bienes y servicios que se importen y exporten a estas zonas tendrán exención total de impuestos; de la misma manera, las ganancias que obtengan las empresas usuarias que estén calificadas en estas zonas industriales quedan exentas permanentemente del pago del ISR, siempre que la legislación de los países de residencia de los inversores no les permita acreditar o deducir dicho impuesto.

Las empresas autorizadas para la administración de las ZIP solo dispondrán de una exención del ISR por veinte años y de impuestos municipales por 10 años, aunque siguen estando exentos de la aplicación de todos los demás impuestos por la internación o compra interna de bienes y servicios necesarios.

Por su parte, la Ley de Zonas Agrícolas de Exportación (ZADE), diseñada con el propósito de fomentar el uso de la mano de obra local para la producción agrícola orientada a la exportación, establece, además de la regular exención del pago de impuestos generales para la exportación e importación de bienes, la exención del ISR sobre las ganancias obtenidas, en forma permanente.

Al igual que en las ZIP, la exención del ISR no es aplicable si los países de residencia de los inversores reconocen crédito sobre el impuesto pagado. Por su parte, la Ley para la Promoción y Protección de Inversiones establece que las empresas cuyos productos de inversión hayan sido declarados como elegibles para recibir beneficios podrán disfrutar de una exención parcial del ISR.

En todo caso, la exención no podrá exceder del 50% del monto invertido en los proyectos declarados prioritarios; del 60% cuando se desarrollen actividades en regiones consideradas prioritarias, o del 70% si reúnen el hecho de que tanto los proyectos, como las actividades y las regiones se consideren prioritarios. Honduras también dispone de una ley para fomentar los centros de atención de llamadas y la tercerización de servicios empresariales.

En su caso, además de la exención de todos los impuestos para la internación de los bienes necesarios para el montaje del centro, también se disfruta de exención del ISR durante todo el período que duren las actividades. Los salarios u otras rentas de personas están sujetas al pago del impuesto correspondiente.

En materia de promoción de la generación de energía eléctrica mediante recursos renovables, la ley correspondiente, además de garantizar la exención del impuesto sobre ventas (ISV) y los impuestos de importación de los bienes necesarios para el proceso productivo, establece una exención del ISR y sus derivados por un plazo de diez años a partir de la fecha de inicio de operación comercial de la planta, siempre y cuando los proyectos cuenten con una capacidad instalada de hasta 50 megavatios.

La ley también incluye la exención del ISR y sus retenciones en la contratación de estudios, instalación, ingeniería, administración o construcción de proyectos.

Honduras también dispone de una ley de incentivos al turismo que comprende, además de la exención del pago de impuestos de importación para poner en funcionamiento el proyecto correspondiente, el otorgamiento de una exención del ISR y conexos por un plazo de quince años a partir del inicio de las operaciones, así como de las retenciones vinculadas para la contratación de servicios y honorarios para estudios durante un período de cinco años y del ISV relacionado por diez años.

Finalmente, fue aprobada en Honduras la Ley para la Promoción de la Alianza Público Privada que, entre otros, garantiza estabilidad fiscal y otorga exención del pago de toda clase de impuestos, tasas y formalidades para la inscripción de la propiedad o para la formalización de todas las relaciones contractuales requeridas para la realización de los proyectos.

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