Banco Central modifica cálculo del tipo de cambio del dólar para reducir la devaluación

La modificación del BCH se aplicó el 7 de marzo anterior

La medida entró en vigencia el 7 de marzo, al día siguiente el lempira se apreció 0.15 centavos

La Autoridad Monetaria modificó su política cambiaria al revisar el cálculo del Tipo de Cambio de Referencia (TCF) del dólar del promedio diario a un promedio ponderado, lo que permite un menor ritmo de devaluación del lempira.

Mediante dos acuerdos, 03/2022 y 04/2022, del 3 y 5 de marzo anterior, el Directorio del Banco Central de Honduras aprobó un cambio en el sistema de banda cambiaria que retoma, en parte, la subasta de divisas eliminada en junio de 2021.

Desde esa fecha, los bancos controlan el 100% de las divisas que les ingresan lo que hizo innecesario el sistemas de subasta como mecanismo de política cambiaria para la distribución de las divisas a las personas naturales y jurídicas, por lo que se dejó de considerar para efecto del calculo del TCR.

“Del 6 de enero de 2020 hasta el 4 de marzo de 2022, la fórmula del cálculo del TCR, consideraba la estimación de las divisas utilizadas para atención directa. El Acuerdo N0. 04 del 5 de marzo establece que el Tipo de Cambio de Referencia será el Tipo de Cambio Promedio Ponderado de cierre del MID (Mercado Interbancario de Divisas) del día“, informó el BCH.

Y es que se modificó el inciso 3.4, párrafo segundo del Acuerdo No.17/2021 que contiene la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas y se estableció un centro de la banda cambiaria .

En el régimen cambiario vigente y bajo el mecanismo operativo del Mercado Interbancario de Divisas (MID), el BCH utiliza una banda cambiaria de uno por ciento (1%) por encima y por debajo del centro de la banda cambiaria, el que estará conformado por el promedio de siete (7) días previos del Precio Base ponderado por  80% + Promedio de siete (7) días previos del Tipo de Cambio Promedio Ponderado del MID ponderado por 20%; es decir, que no se aceptarán posturas en el MID cuyos precios sean superiores al techo o inferiores al piso de la banda.

“La Autoridad Monetaria revisa cada cinco (5) eventos el nivel establecido del Precio Base procurando mantener el nivel de competitividad externa de la moneda nacional. En esa revisión se considera el Diferencial de Inflación Interna y Externa con los principales socios comerciales de Honduras, el índice de Tipo de Cambio Efectivo Nominal y la Cobertura de Reservas Internacionales; mientras, el promedio del precio ponderado del MID busca incorporar el comportamiento del mercado local de divisas en el TCR”.

Se mantienen las otras disposiciones para los agentes cambiarios que podrán disponer del total de las compras de divisas realizadas a sus clientes del sector privado, así como las compras realizadas en el MID, los ingresos por actividades no cambiarias y los movimientos de capital y financiero del sector bancario, para atender sus erogaciones propias y para la venta de divisas a sus clientes por montos diarios iguales o menores a $1,500,000.00 y la diferencia para la venta en el MID.

En el MID participan los agentes cambiarios (bancos y casas de cambio) y el BCH, quienes negocian divisas entre ellos.

“El BCH participa en el MID con el objetivo de evitar variaciones abruptas en el precio de las divisas sin modificar su tendencia, así como la acumulación de reservas internacional y para la atención de los requerimientos de divisas de las instituciones del sector público”, agrega la entidad.

El Acuerdo 04/2022, modifica el numeral 3.27 del Artículo 3 del Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, sobre la definición del Tipo de Cambio de Referencia.

Anteriormente decía: 3.27. Tipo de Cambio de Referencia (TCR): Precio de la divisa resultante de las ofertas adjudicadas en el último evento de la Subasta de Divisas
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