TSC entregó al MP 1.100 expendientes del Fondo Departamental del Congreso Nacional

Reunión de autoridades del TSC y del MP

El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) entregó al Ministerio Público (MP) un “primer lote” de 1.100 expedientes relacionados al Fondo Social de Planificación Departamental, el Fondo de Desarrollo Departamental y subsidios del Congreso Nacional destinados para la ejecución de proyectos comunitarios o ayudas sociales en los diferentes departamentos del país.

La remisión de la documentación la autorizó el Pleno de Magistrados en cumplimiento al Decreto No. 20-2022, publicado en marzo, emitido por el Congreso Nacional, el cual ordena remitir al MP (en un plazo de 15 días) todos los expedientes recibidos al amparo del Artículo 131-A, del Decreto Legislativo No. 83-2004, “en el estado procesal en que se encuentren“.

El TSC notificó 64 informes producto de las auditorías e investigaciones especiales realizadas, de estas remitió seis al MP por encontrar indicios de responsabilidad penal.

A iniciativa del TSC se nombraron enlaces, uno por el Ente Contralor y otro por el MP, para coordinar el proceso de entrega y recepción de toda la documentación recibida para ser objeto de auditoría. Previamente se sostuvo una reunión entre el magistrado presidente del TSC, Roy Pineda Castro, y el titular de la unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción, Luis Javier Santos.

El Artículo 131-A ordenaba al TSC realizar una Auditoría e Investigación Especial de todos los fondos públicos gestionados, recibidos, administrados y ejecutados por los Servidores Públicos, Diputados al Congreso Nacional, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), Organizaciones Privadas de Desarrollo (OPD’s), Fundaciones y en general todas aquellas personas naturales o jurídicas que a cualquier título recibieron o administraron fondos públicos en los períodos de
gobierno 2006-2010, 2010-2014, 2014-2018.

Los fondos antes referidos comprendían tanto el Fondo Social de Planificación Departamental, el Fondo de Desarrollo Departamental, subsidios o cualquier otra denominación que se les haya dado a los fondos que son destinados para la ejecución de proyectos comunitarios o ayudas sociales en los diferentes departamentos, incluyendo los tercerizados o descentralizados.

El Decreto No. 20-2022 ordenó cumplir la sentencia de la Sala de lo Constitucional, que declara la inconstitucionalidad del Artículo 238 contenido en el Decreto No.141-2017 (Ley de Presupuesto de 2018) y la Fe de Erratas del mismo.

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