La Superintendencia de Asociaciones Publico Privadas (SAPP) certificó la multa contra el consorcio colombiano hondureño Empresa Energía Honduras (EEH), por un monto de “48 millones 885.592 dólares ($46,885,592.00)”, más de 1.120 millones de lempiras.
La SAPP, cuyas autoridades anunciaron la multa el mes pasado, determinó también que se deduzca la multa en cuotas de tres millones 900.000 dólares mensuales, del pago mensual de cago fijo que paga la ENEE a EEH por la concesión de siete años para reducir las pérdidas en 17 puntos porcentuales.
EEH incluye como socio a Eléctrica de Medellín y Unión Eléctrica, además de acciones en Honduras para el Sindicato de la ENEE y Banco Ficohsa opera como fiduciario.
La certificación del Acuerdo Número 01-RCAPP-2021, ya se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, y señala que la multa es por incumplir en la meta de reducción de las pérdidas de energía en los años segundo y tercero de la concesión.
Además se sustenta “en las disposiciones contractuales y legales aplicables, así como también en los Informes de la Supervisión la sociedad mercantil Manitoba Hydro International y en las Validaciones de dichos Informes por parte la Comisión Interventora de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica”.
La SAPP acordó: “IMPONER a la sociedad mercantil Empresa Energía Honduras” Sociedad Anónima de Capital Variable, en virtud de no haber cumplido en la gestión del año 2 con el porcentaje de reducción mínima anual, así como con la meta mínima de reducción anual de pérdidas acumuladas en kilovatios hora en los servicios prestados por la ENEE, una penalización por un monto de doce millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta y un dólares moneda de los Estados Unidos de Norte América (US$12,444,151.00)”.
Asimismo, y por las mismas razones, por el año 3 una penalización por “un monto de treinta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos cuarenta y un dólares moneda de los Estados Unidos (US$34,441,441.00)”.
La penalización total suma cuarenta y seis millones ochocientos ochenta y cinco mil quinientos noventa y dos dólares $46,885,592.00).
Ahora el Comité Técnico del Fideicomiso debe instruir que “se proceda a efectuar la deducción de la penalización impuesta del Pago del Honorario Fijo que corresponde percibir al Inversionista Operador en concepto de Contraprestación, en once cuotas mensuales de tres millones novecientos siete mil ciento treinta y dos con sesenta y seis centavos de dólar ($3,907,132.66) y una cuota final de tres millones novecientos siete mil ciento treinta y dos con setenta y cuatro centavos de dólar ($3,907,132.74)”.
El pleno de comisionados, José Rolando Sabillón, Cesar Augusto Cáceres y Leo Yamir Valentino Castellón firman la certificación, junto al Secretario General, Ramón Echeverría.
Multa en base la clausula cuarta del contrato
Los comisionados de la SAPP, señalan que la multa por incumplimiento está establecida en el contrato y equivale a un “25% del valor resultante de multiplicar las Pérdidas Totales de Distribución no reducidas en KWh, con respecto a la meta anual, por el precio de la Tarifa vigente que se aplique al sector residencial, sin cargo por demanda, para Usuarios conectados en Baja Tensión de la distribuidora”.
Este monto anual, será dividido en 12 pagos, y será descontado mensualmente por el Fideicomiso al Honorario Fijo del Inversionista Operador; según la cláusula Cuarta, Contraprestación para el inversionistas operador, Numeral 2. Penalización por incumplimiento en la reducción de pérdidas.
EEH denunció en los juzgados las decisiones de la Comisión Interventora por considerar que es juez y parte en el contrato. También reclama que el cargo por Honorario Fijo es de 15 millones de dólares y no 11 millones como se paga desde hace unos años.