Nueva Ley de energía propone auditoría financiera a las empresas generadoras: ¿Intervención?

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Mientras los generadores privados de energía siguen desfilando en la Presidencial, ayer le tocó a los solares, para “renegociar contratos”, el Gobierno prepara una intervención pública sobre los estados financieros de las mismas, a través de una “auditoría integral”.

La normativa está incluida en la nueva “Ley Especial para Garantizar el Servicio de Energía Eléctrica como un bien público de Seguridad Nacional y un Derecho de Naturaleza Económica y Social”, cuyo borrador ya se mandó a la Secretaría del Congreso Nacional.

En su artículo 17, se establece la creación de la “Comisión Nacional de Auditoría” integrada por un delegado de cada una de las siguientes instituciones: Secretaría de Finanzas, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de Transparencia y Anticorrupción, Servicio de Administración de Rentas, Aduanas y Comisión Nacional de Banca y Seguros.

“La Comisión creada tiene la atribución de realizar una auditoría integral a los estados financieros de las empresas de generación de energía, desde el inicio de sus operaciones en plantas de tipo térmico, solar, eólica e hidroeléctrica, para cuantificar los Costos Financieros, Costos Fijos de Operación y Mantenimiento, Costos Variables de Combustible, Costos Variables de Operación y Mantenimiento, y su rentabilidad, así como cualquier otro costo o beneficio aplicable con que operan las plantas; y el cumplimiento de los contratos de operación y la normativa legal”, puntualiza.

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La auditoría integral debe extenderse a “evaluar los beneficios fiscales de exoneración de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y conexos, impuestos aduaneros, impuestos sobre ventas, impuesto a los combustibles denominado: Aporte para la Atención a Programas Sociales y Conservación del Patrimonio Vial (ACPV), otorgados a las empresas generadoras de energía eléctrica a través de leyes especiales y de los contratos de suministro de energía eléctrica”.

La ENEE contabiliza estas exoneraciones en más de 24.000 millones de lempiras, pero los analistas sostienen que son normales y se establecen en las bases de licitación internacional, ya que de no aplicarse, se trasladan directamente al contrato y por ende al consumidor.

Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión deberá contratar de forma directa y en carácter de emergencia, empresas auditoras y técnicos especialistas. La ENEE y la CNBS tienen la obligación de proporcionar de forma inmediata la información y asistencia solicitada.

“El plazo para la realización de la Auditoría será de 60 días calendario contados a partir de la integración e instalación de la Comisión que deberá emitir su propia regulación. Asimismo, la Comisión debe rendir un Informe Público a la Nación, estableciendo las medidas y acciones a ejecutar”, reza el artículo.

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