Deudores de Banadesa que perdieron propiedades podrán recuperarlas y a un bajo interés: Congreso

Activos eventuales de BANADESA podrán ser recuperados por los productores, aunque hayan muerto

Los productores de Banadesa que perdieron sus tierras por falta de pago podrán recuperarlas e incluso pueden acceder a un crédito estatal de 8,7% de interés anual.

El Congreso Nacional aprobó el decreto 82-2020, que permite que los bienes inmuebles que fueron rematados a partir del año 2005 a la fecha se le conceda la primera opción de compra-venta a los productores que eran dueños de esas propiedades.

Los legisladores aseguran que se busca reactivar el agro y apoyar a los productores, quienes podrán recuperar sus tierras directamente o “designar a otra persona o empresa”, y poder acceder a condiciones crediticias favorables.

El decreto ya está en vigencia, y abarca los “Bienes Inmuebles que fueron rematados a partir del año 2005 a la fecha y que aún estén a nombre de BANADESA o que estén en proceso judicial para remate”.

“Se le conceda la primera opción de compraventa a los clientes (productores) que eran dueños de los Inmuebles rematados o a la persona natural o jurídica que ellos designen”, destaca el decreto.

“Asimismo, en caso del fallecimiento de los clientes (productores) que eran
dueños de los Inmuebles rematados o en proceso judicial de remate, se autoriza a BANADESA conceder la primera opción de compra-venta a los familiares de éstos, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, de tal manera que la unidad familiar pueda continuar con
los procesos de producción en dichos inmuebles”.

Los contratos de compra-venta de los inmuebles rematados a sus dueños anteriores o la persona natural o jurídica que a ellos designen, será elaborados por BANADESA bajo las siguientes condiciones financieras:

“Por concepto de prima el cinco por ciento (5%), a un plazo de hasta veinte años, de conformidad al análisis técnico; a una tasa de interés del ocho punto siete por ciento (8.7%) anual y una tasa de interés moratorio del dos por ciento (2%) anual”.

En el caso que los productores incumplan con dos pagos consecutivos al Banco, éste queda autorizado para recuperar el bien cedido bajo contrato de compra-venta.

El banco en conjunto con el beneficiario definirá la forma de pago del crédito, el cual estará en concordancia con la que realice el productor y los ingresos que el mismo pueda comprobar.

Además, los beneficiarios que compren los inmuebles rematados o en proceso judicial para remate, tendrán un plazo de hasta un (1) año a partir de la fecha de publicación (23 de julio) de este Decreto en el Diario Oficial “La Gaceta”, para hacer las gestiones de compra-venta de los inmuebles.

La prima del 5%) es sobre el total de la liquidación que presente el Banco, la cual incluirá: saldo de capital adeudado al momento del registro contable
del inmueble, pago de intereses regulares de noventa días, en el entendido que los mismos se calcularán a la tasa de interés que se dio originalmente el crédito.

Además el total de honorarios judiciales derivados del remate o del proceso judicial de remate siempre cuándo los mismos hayan sido cancelados en su totalidad por BANADESA y los gastos por mantenimiento.

Todo el proceso se aplicará en las Líneas de Redescuentos maneje BANADESA, BANHPROVI y el Banco Central de Honduras.

¿Qué opina la CNBS?

Las autoridades de la Comisión de Bancos, señalaron que “BANADESA es una de las pocas instituciones con que cuenta el Estado de Honduras para impulsar la reactivación del sector agropecuario”.

Además muchos los productores en los últimos años han sufrido pérdidas en sus actividades, debido a factores internos y externos no imputables a ellos mismos, como ser problemas en la comercialización, caída de los precios, sequías e inundaciones debido a los problemas de cambio climático, fenómenos del Niño y la Niña, lo que ha provocado que han perdido sus Unidades Productivas con el Banco y las mismas han pasado a formar parte de sus Activos Eventuales.

“La medida anterior (Decreto 82-2020) tiene la finalidad de reactivar las áreas productivas, ya que muchos inmuebles están abandonados y no son productivos”.

“Por otra parte, los productores que deseen realizar el proceso de recompra de estos activos deberán pagar un 5% de prima, lo que proporcionará cierta liquidez a la Institución, y el Banco definirá la forma de pago del crédito, la cual estará en función al tipo de cultivo o línea de producción y a los ingresos que el cliente pueda comprobar”, concluye el ente supervisor financiero.

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