Cohep solicita derogación del Título VII del Código Penal sobre la “responsabilidad penal de empresas jurídicas”

Nuevo Código Penal con multas y cárcel para directivos de empresas

Empresarios advierte sobre las elevadas multas y la discrecionalidad de los jueces para aplicarlas

La empresa privada prepara su propuesta de revisión del nuevo Código Penal centrándose en las reformas que establecen responsabilidad penal de personas jurídicas, que afectan “la actividad empresarial y la atracción de inversiones”.

En especial se trata de la figura de “la responsabilidad penal de las personas jurídicas”, establecida en Titulo VII, en el artículo 102 al 106. También piden una revisión del artículo 104 donde se establecen las penas económicas y sanciones que pueden llegar a la intervención y cierre de empresas.

La figura de “responsabilidad penal de empresas jurídicas”, cambia la acusación administrativa a penal contra directivos de las empresas por unos 20 tipos de delitos en actividades económicas.

Gustavo Solorzano, gerente de asesoría legal del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), dijo que la propuesta se centra “en derogar todo ese título (VII) que da vida a la responsabilidad penal de personas jurídicas, en vista de que es una figura que más bien en vez de generar proyectos de inversión los estaría alejando del país”.

El abogado recordó que un principio del derecho es que la figura penal es la última en aplicarse. Sin embargo, ahora se modifica y de lo administrativo se pasa a lo penal de manera directa.

Entre esos casos, con impacto en la economía, son los temas laborales y de seguridad social que fueron modificados en la nueva legislación.

“Aquellas empresas que no cumplen con la ley de trabajo tiene una consecuencia administrativa no penal. Las que no cumplen con la aportación social, es administrativo y no penal para esos casos el gobierno tiene la Inspectoría de Trabajo”, explicó.

“Tenemos los temas de actos de corrupción entre particulares que hay que revisarlos, también sobre las acciones de empleados de una empresa donde se quiere que respondan los directivos y eso no puede ser”, agregó el abogado.

Multas elevadas y discrecionales

El abogado también advirtió el aumento de las multas económicas que aplicará el nuevo código, que legalmente entraría en vigencia en noviembre de este año.

Estas penas se aplican no solo para temas económicos y financieros, sino para sanciones por calumnia e injurias que afectan a los medios de comunicación .

Y es que el nuevo Código Penal impone multas que tienen una extensión de hasta 2.000 días y la cuota puede ser de “200 lempiras diarias y hasta 50.000 lempiras” en el caso empresarial (artículo 104).

En el caso empresarial la multa mínima es de 50.000 lempiras

“Para delitos no económicos se habla de multas que van de 20 a 5.000 diarios a discrecionalidad del juez. Con esto una persona multada con un pago de cinco años, es decir 1.825 días, a 50 lempiras diarios sería una multa de 91.250 lempiras”, explicó.

Si el juez sube la multa a 500 lempiras diarios, agregó, esa misma persona pagaría un millón de lempiras de multa.

“Son multas muy elevadas y esa discrecionalidad del juez debe ser eliminada”, dijo el directivo del Cohep.

Las propuestas del Cohep al Congreso Nacional se presentarían el próximo miércoles.

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