Banco Central eleva límite de envíos por billeteras electrónicas

Las transacciones móviles tienen un repunte en los últimos años

El dinero digital, a través de las billeteras electrónicas, se expandirá a corto plazo luego que el Banco Central de Honduras (BCH) aumentó los montos y límites de transacciones mensuales.

Las billeteras electrónicas es un método de pago que funciona como una tarjeta, pero digital, desde un dispositivo móvil e incluso algunas utilizan la tecnología de comunicación.

En junio de 2021, el saldo máximo para los usuarios se estableció en 15.000 lempiras mensuales, y un total de movimiento en créditos o débitos acumulados al mes por un monto máximo de 30.000 lempiras. También un máximo de 100 transacciones al mes.

Para las empresas afiliadas no se fijaron límites en el saldo y número de transacciones mensuales, bajo monitoreo bancario.

Los nuevos límites en monto mensual de las billeteras electrónicas

Uso de dinero electrónico registra dos millones de transacciones

Ahora, el Banco Central, según Resolución No. 413-10/2023, resolvió elevar los saldos y límites transaccionales mensuales de las billeteras electrónicas, digitales o móviles.

Para la acreditación de sueldos y salarios, pago de jubilaciones, pensiones y recepción de remesas familiares un monto máximo de 25.000 lempiras por transacción y un acumulado mensual de 50.000 lempiras y sin límites en el número de transacciones. Esto por tratarse de operaciones con “una trazabilidad verificable”.

Para otras operaciones, se mantiene el límite de 15.000 lempiras por transacción, pero aumenta a 30.000 lempiras al mes y sin límite en el número de transacciones.

Medidas antiextorsión

El uso de billeteras electrónicas esta bajo mayor regulación, de acuerdo a las medidas antiextorsión aprobadas por la CNBS. El BCH incluyó en su resolución que las billeteras electrónicas, digitales o móviles, “deben implementar los controles necesarios para identificar plenamente a los usuarios de las billeteras electrónicas y garantizar el cumplimiento de los límites establecidos”.

Para las empresas afiliadas, no hay límite en el monto máximo por transacción; así como, en el monto máximo y número de transacciones acumuladas en el mes. No obstante, las instituciones deben “reportar a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros sus operaciones, de acuerdo con las disposiciones que emita dicha Institución”.

Las billeteras electrónicas, digitales o móviles emitidas por las instituciones financieras pertenecientes al sistema financiero nacional y por las cooperativas de ahorro y crédito deberán observar los mismos límites.

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