El Congreso Nacional aprobó la extensión, por dos años más, del periodo de vigencia de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa, que vencía ayer.
De acuerdo a datos del Servicio de Administración de Rentas (SAR), unas 4.000 Mipymes se habían registrado, lo que les permite exoneración en el pago de impuestos municipales y sobre la renta.
El diputado Antonio Rivera Callejas presentó la moción para la dispensa de dos debates, por lo que el decreto se discutió en uno solo.
De acuerdo a la reforma aprobada, son beneficiarios de la presente Ley, las micro y pequeñas empresas constituidas o que se constituyan, o aquellas que hayan venido operando informalmente y se formalicen, “cumpliendo con lo señalado en la presente Ley, en un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto”.
Los beneficiarios deben tramitar sus permisos, licencias nacionales y municipales correspondientes para su operación, en caso de no realizarse no gozaran de los beneficios que ofrece la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa.
Lista de exoneraciones fiscales
Las micro o pequeña empresa, estarán exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Activo Neto y Aportación Solidaria Temporal.
También del anticipo del uno por ciento en concepto del ISR, pero deben quedar inscritos en un Registro de Exonerados a cargo de la Secretaría de Finanzas.
Estarán exentas del Impuesto Personal, Impuesto Sobre Industrias, Comercios y Servicios de las Corporaciones Municipales.
Los beneficios son por un periodo de tres años.
Otros beneficios son en el pago por concepto de tasas registrales relacionadas con el acto de constitución de la empresa, tasas municipales, cobro por cargos para la emisión de actos administrativos, licencias u otros conceptos necesarios para su operación.
La inscripción se puede hacer vía digital, pero el registro requiere apoyo legal con firma y sello, ante la dirección del SAR en la ciudad donde opera la empresa.