La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) aumentó en 10% el límite de inversiones, en partes relacionadas, de los recursos administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas.
La medida involucra a cuatro entidades bancarias que cuenta con AFP, y que según los registro de la entidad supervisora manejan inversiones financieras netas por más de 50.675 millones de lempiras a junio de 2024.
Se reformó el Artículo 31, relacionado a Límites por Emisor, del Reglamento de Inversiones de los Fondos Administrados por parte de las Administradoras de Fondos Privados de Pensiones (AFP), señala la Circular CNBS No.019-2024.
Primero, las inversiones en valores e instrumentos, y los depósitos de ahorro y a la vista mantenidos para la gestión de liquidez, “en entidades que pertenezcan a un mismo grupo económico nacional o extranjero, que sean partes relacionadas con la Administradora, no podrán exceder el treinta por ciento (30%) de los recursos del Fondo Administrado”. El límite previo era de 20%.
No obstante, agrega, los rendimientos obtenidos en las inversiones realizadas en partes relacionadas deben ser iguales o mejores que el promedio de los rendimientos generados por las inversiones realizadas en partes no relacionadas, en beneficio de los afiliados que aportan a los fondos administrados.
Segundo, las inversiones en valores e instrumentos, y los depósitos de ahorro y a la vista mantenidos para la gestión de liquidez, en el grupo de entidades que pertenezcan a un mismo grupo económico nacional o extranjero, que no tenga parte relacionada con la Administradora, “no podrán exceder el treinta por ciento (30%) de los recursos del Fondo Administrado”. De la misma forma el límite era de 20%.
En los últimos meses, la CNBS ha flexibilizado su política financiera.