La mayor inflación registrada en 2022 de 9,80% tendrá un “beneficio” tributario este año para más de 172.000 hondureños que reportan ingresos, al elevarse la base exenta del pago del impuesto sobre la renta (ISR).
Según los cálculos de la empresa privada, todo hondureño con ingresos mensuales de hasta “19.919 lempiras con 96 centavos, no pagará el ISR”. Esto porque la base exenta aumentará 1.480 lempiras (fue de 18,439.55 lempiras en 2022).
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 de la Ley del ISR, la base exenta pasaría de 181,274.56 lempiras, abarcando a las personas que tengan salario o ganancias inferiores a 18,439.55 lempiras, a 199,039.47 lempiras, que incluiría a personas que ganen hasta 19,919.96 lempiras.
La oficial de asesoría legal del Cohep, Marcia Aquino, dijo que la base exenta tiene un incremento neto de 17 mil 764. 91 lempiras. La iniciativa privada consideró el exento al pago del ISR como un alivio a la clase trabajadora y permite a los empresarios elaborar correctamente sus planillas salariales.
La Dirección de Cumplimiento Tributario del Servicio de Administración de Rentas (SAR) explicó que la base exenta incluye el ingreso más 40.000 lempiras por gastos de salud, divididos en los 12 meses del año (no se incluye el décimo tercer y décimo cuarto salario).
Los obligados tributarios que tienen ingresos superiores a esa cifra deben pagar el ISR conforme a lo establecido en la tabla progresiva de acuerdo a sus ingresos en rangos de 15, 20 y 25%.
Por ejemplo una persona con ingresos de 20.000 lempiras debe pagar un 15%, unos 3.000 lempiras en impuesto sobre la renta. Los que ganan más de 25.292 lempiras pagarían un 20% (más de 5.000 lempiras).
La base para el cálculo del ISR es el artículo 22 de la Ley del ISR (Decreto 20-2016) que establece que la escala de tabla progresiva será ajustada automáticamente a partir del 2017 y se efectuará aplicando las variaciones interanuales del Índice de Precios al Consumidor del Banco Central de Honduras del año anterior.
La Ley de Protección al Adulto Mayor (Decreto 199-2006) establece una deducción adicional de 30.000 lempiras para este grupo de población. El Decreto 59-2020 amplía el monto deducible por gastos médicos para mayores de 65 años a 80.000 lempiras.