El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) entregó al Ministerio Público (MP) un “primer lote” de 1.100 expedientes relacionados al Fondo Social de Planificación Departamental, el Fondo de Desarrollo Departamental y subsidios del Congreso Nacional destinados para la ejecución de proyectos comunitarios o ayudas sociales en los diferentes departamentos del país.
La remisión de la documentación la autorizó el Pleno de Magistrados en cumplimiento al Decreto No. 20-2022, publicado en marzo, emitido por el Congreso Nacional, el cual ordena remitir al MP (en un plazo de 15 días) todos los expedientes recibidos al amparo del Artículo 131-A, del Decreto Legislativo No. 83-2004, “en el estado procesal en que se encuentren“.
El TSC notificó 64 informes producto de las auditorías e investigaciones especiales realizadas, de estas remitió seis al MP por encontrar indicios de responsabilidad penal.
A iniciativa del TSC se nombraron enlaces, uno por el Ente Contralor y otro por el MP, para coordinar el proceso de entrega y recepción de toda la documentación recibida para ser objeto de auditoría. Previamente se sostuvo una reunión entre el magistrado presidente del TSC, Roy Pineda Castro, y el titular de la unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción, Luis Javier Santos.
El Artículo 131-A ordenaba al TSC realizar una Auditoría e Investigación Especial de todos los fondos públicos gestionados, recibidos, administrados y ejecutados por los Servidores Públicos, Diputados al Congreso Nacional, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), Organizaciones Privadas de Desarrollo (OPD’s), Fundaciones y en general todas aquellas personas naturales o jurídicas que a cualquier título recibieron o administraron fondos públicos en los períodos de
gobierno 2006-2010, 2010-2014, 2014-2018.
Los fondos antes referidos comprendían tanto el Fondo Social de Planificación Departamental, el Fondo de Desarrollo Departamental, subsidios o cualquier otra denominación que se les haya dado a los fondos que son destinados para la ejecución de proyectos comunitarios o ayudas sociales en los diferentes departamentos, incluyendo los tercerizados o descentralizados.
El Decreto No. 20-2022 ordenó cumplir la sentencia de la Sala de lo Constitucional, que declara la inconstitucionalidad del Artículo 238 contenido en el Decreto No.141-2017 (Ley de Presupuesto de 2018) y la Fe de Erratas del mismo.