SAPP quiere integrar Comité Técnico del Fideicomiso de pérdidas, denuncia EEH

Derogación de contrato de fideicomiso con EEH abre puertas a un litigio legal

La concesionaria para la reducción de pérdidas y recuperación financiera de la estatal de energía, la Empresa Energía de Honduras (EEH, denunció a la Superintendencia de Alianza Pública-Privada (SAPP) querer modificar el contrato de concesión para participar como integrantes en el Comité del Fideicomiso.

Esto “excede claramente sus facultades” al estar alejada del ámbito de su competencia que es la regulación de las APP, que tiene su propia organización y están bajo la supervisión de un ente privado externo (Manitoba Hydro en el caso de energía).

En un comunicado emitido por EEH, la empresa concesionaria por parte de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), destacó que mediante oficio SAPP-351-2021, dirigido al Comité Técnico del Fideicomiso dispuso el cumplimiento e incorporación obligatoria de la normativa referente al funcionamiento de los referidos comités, “imponiendo con dicho acto al personal” designado por la Superintendencia como participante.

La EEH reconoce que la SAPP conforme al artículo 80 del reglamento de la Ley de la Promoción de la Alianza Público-Privada, cuenta con función normativa, la facultad no es absoluta, debido a que la referida ley la limita exclusivamente para “definir procedimientos de aplicación de sanciones”.

Para la empresa concesionaria es claro que la SAPP al pretender “imponer un representante al seno del Comité Técnico del Fideicomiso, excede claramente sus facultades, viéndose alejada completamente del ámbito de su competencia”.

La EEH considera que el superintendente Leo Castellón falta a la verdad cuando en un comunicado emitido el 18 de junio afirma que la participación de la SAPP en el referido comité “es un mandato en la Ley de APP”, señalando categóricamente que no existe un pasaje  en dicha ley o su reglamento referente a la participación de la SAPP en los comités técnicos del fideicomiso, lo que a su juicio es una prueba más exceso de poder con que ha actuado la superintendencia referida.

El comunicado sostiene que los superintendentes como funcionarios públicos deben conocer la ley e indicó que al notificar al comité de la incorporación obligatoria, los funcionarios se “extralimitan conscientemente de sus funciones”.

La EEH exhortó a las instituciones estatales de Honduras a respetar el marco normativo, las resoluciones judiciales y observar los mandatos legales aplicables.

El contrato de la ENEE, EEH y Banco Ficohsa (fiduciario), ha sido controversial y cuestionado en sus resultados. EEH ha sido multada dos veces por incumplir la meta anual de reducción de pérdidas, pero las mismas han sido rechazadas judicialmente.

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