Las personas y empresas con moras tributarias con el gobierno pueden acogerse a la amnistía tributaria aprobada por el Congreso Nacional y vigentes tras la publicación en el diario oficial La Gaceta del Decreto 51-2018 con fecha 6 de octubre.
El amplio paquete de amnistías incluye los pagos tributario y aduaneros, matrícula vehicular, electricidad, agua potable (SANAA), telecomunicaciones, atrasos en las planillas al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) y a “exportadores de productos no tradicionales”.
La vigencia de la amnistía es por dos meses y finaliza el 31 de diciembre de este año, excepto para los exportadores que durará seis meses.
Impuestos, seguridad social y más
Tributos fiscales. Durante la vigencia del Decreto, los obligados tributarios podrán presentar sin sanción administrativa las declaraciones referente a obligaciones y pagos que debieron hacerse antes del 31 de diciembre de 2017, sobre las obligaciones tributarias o aduaneras referentes a los períodos fiscales en los tributos internos correspondientes a los años 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017; y, períodos fiscales en tributos aduaneros correspondiente a los años 2014, 2015, 2016 y 2017-
IHSS. El Artículo 3, se refiere a ampliar los efectos y vigencia de lo dispuesto en amnistías anteriores (desde 2016-2017) referente a la amnistía aprobada para el pago de las obligaciones en mora con el Seguros Social
Telecomunicaciones. El artículo 4 se concede el beneficio de amnistía en el sector de telecomunicaciones durante el período comprendido desde la vigencia del presente Decreto, en el cual los operadores de servicios de telecomunicaciones y otras personas naturales o jurídicas, que mantienen ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) obligaciones pendientes de pago.
Permite realizar el pago de las tasas y cargos por la operación de telecomunicaciones adeudadas al 31 de diciembre de 2017, sin sanciones de multas, recargos o intereses; y, Suscribir convenios de pago al amparo de la amnistía, de conformidad con la Resolución Normativa N R 015/14 emitida por la Conatel, siempre y cuando el pago se realice dentro de la vigencia del presente Decreto.
Amnistía vehicular
En su artículo 5 se concede el beneficio de amnistía, en multas y otro tipo de sanciones, a los obligados tributarios que estén morosos o que no hayan cumplido con sus obligaciones formales y materiales con el Estado de Honduras, por conducto del Instituto de la Propiedad (IP) y con las municipalidades por el registro de propiedad vehicular al 31 de diciembre del 2017.
Se autoriza con carácter excepcional para que en la vigencia del presente decreto, se permita la nacionalización y registro de los vehículos que ingresaron al país antes de la aprobación y vigencia del presente Decreto, previo al pago de 10.000 lempiras que incluyen la matrícula 2018 y tasa municipal.
Se permiten los vehículos cuya fabricación como último año fue el año 95, vehículos de trabajo; sin perjuicio de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público.
ENEE en crisis pero…
ENEE. Los clientes de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) podrán pagar las obligaciones por el servicio de energía consumida, exentos de intereses, multas y otros cargos, pudiendo suscribir arreglos de pago, hasta por un período de tres años y la prima a exigir no podrá exceder del 20% del total adeudado.
“Conceder condonación total de capital, intereses, multas y otros cargos a los clientes del sector residencial que tengan una situación irregular o de mora mayor a cuatro (4) meses contando como fecha de última facturación el 31 de julio del 2018 y cuyo consumo no exceda en promedio mensual de 750 Kwh”.
Para acceder al beneficio descrito en el párrafo anterior, el cliente de la ENEE, debe permitir la instalación de un contador del tipo de pago anticipado por consumo por parte de la empresa responsable.
Amnistía por divisas
El artículo 8 concede amnistía por “seis meses contados a partir de la publicación del presente Decreto”, a las empresas del sector exportador de productos no tradicionales por el pago de multas e intereses derivados de sanciones administrativas impuestas por la repatriación tardía de divisas proveniente de sus exportaciones hasta el 30 de mayo del presente año.
La amnistía debe aplicarse sobre los saldos de intereses y multas que tengan las empresas registradas en las Oficinas del Banco Central de Honduras (BCH) hasta la vigencia de este Decreto, que finaliza seis (6) meses contados a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” .
Jubilados. “Condonar a los jubilados y pensionados de cualquier Instituto de Previsión del país del pago de capital, intereses, multas, recargos y de cualquier otra responsabilidad civil y administrativa derivada del ejercicio de un cargo o empleo en la administración pública mientras gozaba de su jubilación o pensión”.
SANAA. Los abonados del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA) podrán pagar las obligaciones por el servicio de agua consumida, exentos de intereses, multas y otros cargos adeudados al 31 de diciembre de 2017.