La reforma tributaria que propone el gobierno con la Ley de Justicia Tributaria, que eliminaría regímenes especiales, también modifica el tratamiento de los grandes contribuyentes en el reporte de sus rentas, a través del principio de renta mundial, y derogar el secreto bancario de los contribuyentes para el acceso directo de las autoridades tributarias.
Según los economistas, ambas medidas ponen en riesgo las inversiones y los depósitos financieros, ya que manda mensajes de alarma para inversionistas y depositantes de forma innecesaria ya que existen los mecanismos necesarios para combatir la evasión fiscal sin modificar ambas figuras.
Renta mundial, ¿doble tributación?
El gobierno propone “regresar al principio de renta mundial, permitiendo acreditar pago de impuestos en el extranjero”. Honduras aplica actualmente el principio de renta territorial, es decir que se paga impuestos por lo generado en el país.
En el año 2017, con la entrada en vigencia del Código Tributario, Honduras cambió su sistema de renta mundial a renta territorial. Los resultados previos no fueron positivos por falta de mecanismos que evitaran la doble tributación.
Pero ¿qué significa? Con el principio de la renta mundial “toda persona domiciliada o residente en un país pagará impuesto a la renta por todo tipo de ingresos, sean de fuente doméstica o extranjera”. Para los economistas, la renta mundial exhibe el grave problema de la doble tributación y en el peor de los casos buscaría castigar a los ciudadanos que invierten fuera del país.
También hay que tener en cuenta que si Honduras decide imponer tributos sobre los ingresos que un ciudadano obtiene en su territorio y en cualquier territorio extranjero, debe tener presente que los territorios extranjeros estarán regidos por gobiernos que también cobran el mismo tributo, de lo contrario no habría manera de aplicarlo.
Para los analistas, la renta mundial no es un mecanismo para obtener más ingresos ni para evitar la defraudación fiscal, se trata de un mecanismo para gravar a los ciudadanos por sus ingresos fuera del territorio.
Sin embargo, las autoridades de Finanzas actuales estiman el Estado, en un año, dejó de captar más de 8.696 millones de lempiras en impuestos por las utilidades, debido al principio de “Renta Territorial”.
Secreto bancario ¿fiscal?
En el caso del secreto bancario, establecido en el Código de Comercio de 1950, el Ministro Director del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Marlon Ochoa, sostiene que el nuevo Código Tributario aprobado en el 2017, “impide acceder a información de transacciones financieras con fines tributarios”. Por esa razón, argumenta, se proponen derogar el secreto bancario para fines tributarios.
Sin embargo, el Código Tributario, en su artículo 72, si permite el acceso a cuentas con fines tributarios, pero a través del ente supervisor (la Comisión Nacional de Bancos y Seguros).
“Cuando se trate de requerimientos individualizados relativos a los movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, préstamos y créditos y, demás operaciones activas y pasivas, a cargo de los bancos y sociedades financieras, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y cuantas personas naturales o jurídicas, y demás entidades sin personalidad jurídica, que realicen operaciones crediticias, éstos se deben efectuar por conducto de las entidades reguladoras principales. Los requerimientos individualizados deben detallar los datos identificativos del cheque u orden de pago de que se trate o, bien las operaciones objeto de investigación, los obligados tributarios afectados y el período de tiempo a que se refieren; y,”
Los profesionales no pueden invocar el secreto profesional a efecto de impedir una posible comprobación de sus propias situaciones tributarias o aduaneras.
Y es que el secreto bancario existe en Honduras, pero cuando se refiere a investigaciones por lavado de activos, evasión fiscal, financiamiento del terrorismo, crimen organizado, corrupción simplemente desaparece, ya que el
país es firmante de la Convención Americana Tributaria y la Convención Interamericana sobre la Corrupción y que las mismas permiten el acceso a información bancaria.
El país también es firmante de la Ley para el Cumplimiento Fiscal de las Cuentas en el Extranjero (FATCA), de los Estados Unidos. Bajo esta normativa, EE UU puede exigir a las instituciones financieras información como el nombre, los haberes y los ingresos obtenidos por toda persona sujeta al cumplimiento de obligaciones con las autoridades fiscales norteamericanas.
Para la expresidenta del Colegio Hondureño de Economista (CHE), Liliana Castillo las reformas al secreto bancario podría generar fuga de capitales por el temor al manejo de la información financiera.