Presidencial manejará 1.250 millones de lempiras de deuda Covid, para vivienda social: Finanzas

La Presidencia con más recursos para el próximo año

El nuevo proyecto “UCP” será el ente encargado de las contrataciones

La centralización de las compras e inversiones públicas desde la Casa Presidencial es una característica creciente en el actual Gobierno. La construcción de viviendas sociales para los damnificados de las tormentas Eta e Iota, que estaba a cago de la Secretaría de Finanzas y Convivienda (según el PCM-142-2020), ahora pasa al Despacho Presidencial a través de la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP), un ente creada en marzo del 2020.

Mediante Decreto Ejecutivo número PCM-019-2021, se reformó casi completamente el PCM-142-2020, publicado en diciembre anterior, y se establecieron nuevos lineamientos, entre ellos el monto a utilizar (1.250 millones de lempiras) que podrá provenir de deuda externa aprobada por el Congreso Nacional para atender la emergencia del Covid-19 (Decreto 33-2020).

Se amplía el proyecto a la construcción de viviendas para personas que viven en zonas vulnerables y de escasos recursos, no solo los damnificados por las tormentas.

Se mantiene la figura del Comité Estratégico de Priorización, pero e modificó la conformación: “Esta Comisión estará integrado por cuatro personalidades designadas por el Presidente de la República, por conducto de la Secretaría de Estado
de la Presidencia”.

El “Artículo 1″ reformado señala: “Sin perjuicio de los programas y proyectos que ejecuten otras entidades del Poder Ejecutivo, se crea el “Programa de Viviendas y Obras Sociales Donadas y Financiadas”, como un programa bajo la competencia y conducción estratégica de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia y adscrito por el Poder Ejecutivo a la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP)”.

La UCP es un “organismo de derecho privado auxiliar de la Administración Pública” creado en Decreto Legislativo No. 11-202, para asegurar la construcción, reconstrucción, autoconstrucción, mejora, adquisición y donación de viviendas y equipamiento básico para vivir.

También para el otorgamiento de financiamientos y terrenos para los “desarrolladores y las personas beneficiarias del Programa”, entre ellas los residentes en las viviendas que fueron destruidas y/o dañadas por el curso de las tormentas tropicales “ETA” e “IOTA”; así como para aquellas personas que habitan en zonas declaradas vulnerables y riesgo en todo el país y para aquellas personas que, a nivel nacional, por sus condiciones socioeconómicas requieren de una vivienda, del mejoramiento de la misma o de su equipamiento básico para vivir.

Este agregado, que incluye diseños, terrenos, servicios públicos, carreteras, etc, elevaría el presupuesto del programa. Se aprobó la creación de fideicomisos y sub fideicomisos.

El nuevo “Artículo 6″, establece que la Secretaría de Finanzas debe gestionar “hasta un mil doscientos cincuenta millones de lempiras (L.1,250,000,000.00) a fin de realizar la asignación presupuestaria a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia”.

Este financiamiento podrá ser de los recursos autorizados y gestionados mediante los Decretos Legislativos números 33-2020 (autorización de endeudamiento externo) y 92-2020 (Presupuesto General 2021)”.

La Presidencia queda autorizada para que dichos recursos sean transferidos a la UCP. El programa incluye facilidades del Registro de la Propiedad y Tributario, pero no establece el número de viviendas a construir.

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