Congreso Nacional prohíbe cobro en dólares en servicio de telefonía móvil, cable e internet

Por unanimidad de votos el Congreso Nacional aprobó anoche reformas a la Ley de Protección al Consumidor relacionado a los contratos de servicio de telefonía móvil y fija, televisión por cable e internet, para que sean firmados y pagados en lempiras.

Además, que estas empresas “no obliguen a los usuarios a firmar contratos por más de 6 meses, y que el cliente pueda rescindir el contrato de telefonía móvil y fija, televisión por cable e internet cuando exista un mal servicio”.

También se elimina la inclusión en la Central de Riesgo para los deudores de estos servicios.

Tigo y Claro son los principales operadores de telefonía móvil, cable e internet en el país

El decreto aprobado tendrá un fuerte impacto en las empresas de capital extranjero, Tigo, Claro, Cable Color y otras empresas que ofrecen el servicio de internet y banda ancha, que aplican el cobro en dólares desde el inicio de sus operaciones en el país.

En la sesión legislativa se acordó: “Contratos de servicio de telefonía y televisión por cable deberán ser suscritos y cobrados en lempiras por las compañías proveedoras. Dichas compañías 𝐍𝐎 deberán obligar a los usuarios a firmar contratos por más de seis meses y el cliente podrá rescindir el contrato si recibe un mal servicio”.

“Queda prohibido a todas las compañías de telefonía y televisión por cable, enviar a la central de riesgos a las personas por no pagar un servicio que no recibieron”, apunta el decreto aprobado con 107 votos de 120 diputados presentes.

El proyecto original fue presentado en la administración anterior, pero estaba “engavetado”. La última reforma sobre el cobro en dólares, fue en 2028 cuando se reformó el cálculo del cobro ya que se hacia sobre el precio de venta del dólar y se fijó en el precio de compra de la divisa.

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