Las millonarias compras realizadas en marzo por Invest Honduras, la Secretaría de Salud y Copeco, que incluyen los hospitales móviles, medicamentos, y equipo médico y otros bienes, fueron “autorizados” por el Congreso Nacional en el mes de abril, usando la figura de “actuaciones materiales”.
La aprobación se establece en los artículos 19 y 20 del Decreto 033-2020 publicado en el diario oficial La Gaceta el 3 de abril, 18 días después que se solicitará la compra de hospitales móviles (16 de marzo) y 15 después de que pagara el primer cheque (19 de marzo).
La aprobación se incluyó en la Ley de Auxilio de al Sector Productivo y a los Trabajadores ante los efectos de la pandemia por el Covid-19., que incluye un paquete de medidas económicas y financieras (como el endeudamiento de hasta 2.500 millones de dólares en deuda externa) bajo la sombra del Covid-19.
¿Qué dice la aprobación?
“ARTÍCULO 19.- Se autoriza a Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), Inversión Estratégica de Honduras (INVEST- Honduras) y la Secretaría de Estado en el Despacho Gestión del Riesgos y Contingencias Nacionales para la contratación en forma directa de las obras, bienes y
servicios que considere necesarios para la contención, atención y mitigación de los efectos sanitarios, económicos y sociales derivados de la Pandemia provocada por el virus COVID-19.
ARTÍCULO 20.- Quedan autorizadas todas las actuaciones materiales previas a la emisión de este Decreto que se hayan realizado por Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), Inversión Estratégica de Honduras (INVESTHonduras) y la Secretaría de Estado en el Despacho Gestión del Riesgos y Contingencias Nacionales para asegurar la obtención de todas las compras asignadas en el Artículo anterior”.
La figura de “actuaciones materiales”, usualmente se refiere al derribo de edificaciones u otras medidas en ocasiones de emergencia, pero no referente a compras directas.
De acuerdo a la documentación presentada por Invest Honduras, las compras directas realizadas en marzo, se sustentan en el decreto de emergencia aprobado por el Consejo de Ministros del febrero de este año (PCM-005-2020).
Sin embargo, la declaratoria establecía un fondo de 110 millones de lempiras para atender la emergencia que sería manejado por Copeco.
El 21 de marzo, dos días después de la compra directa de los primeros hospitales, se publicó la declaratoria de Emergencia Humanitaria y Sanitaria, que permite, según la Ley de Contratación del Estado, la realización de compras directas.
El artículo 9 de la Ley de Contratación, se refiere a las situaciones de emergencia y dice: “Los contratos que se suscriben en situaciones de emergencia, requerirán de aprobación posterior, por acuerdo del Presidente de la República, emitido por medio de la Secretaría de Estado que corresponda, o de la Junta o Consejo Directivo de la respectiva Institución Descentralizada o de la Corporación Municipal, si es el caso”.
“En cualquiera de los casos deberá comunicarse lo resuelto a los órganos contralores, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, siempre que se prevea la celebración de contratos”.
La Ley agrega que cuando ocurran situaciones de emergencia, como las epidemias, podrá contratarse bienes y servicios “estrictamente necesarios, sin sujetarse a los requisitos de licitación y demás disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de las funciones de fiscalización“.