La inversión de 420 millones de dólares, anunciada por el gobierno para el 2020, está sujeta a la reforma legislativa de la Ley de Zona de Libre (ZOLI) que beneficia al sector maquilador.
La designada presidencial y ministra de Desarrollo Económico, María Antonia Rivera, entregó el proyecto de reformas a la Ley ZOLI al secretario del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, asegurando que se busca “mejorar el clima del negocio e inversión de Honduras”.
“Por varios meses hemos trabajado en el proyecto de Ley de Zona Libre, la modernizaremos para ayudar al clima del negocio e inversión. Estimamos que se realizarán 420 millones de dólares en inversión”, dijo la funcionaria.
Aseguró que un solo ente llevará el registro de una ZOLI y con ello se reduce el tiempo de aprobación a un mes, además se reducen los requisitos para conformar una ZOLI.
Existen nueve requisitos para el registro de operadoras de ZOLI (los parques industriales), cinco para usuarios (maquilas) y cuatro para operadoras usuarias.
Las reformas serán turnadas a Comisión Especial que preside el diputado Jaime Villegas.
Puerto Cortés, base de Zona Libre
De acuerdo a la propuesta de los maquiladores, las reformas se centran en la Zona Libre de Puerto Cortés, y busca asegurar los beneficios fiscales (exoneraciones), el respeto jurídico de las empresas que se establezcan y una legislación similar a la de los países vecinos.
Al menos seis artículo de esa Ley serían reformados, comenzando por los tres primeros artículos. El texto final se conocerá en el Congreso.
La Ley señala en su Artículo 1, “Créase la Zona Libre de Puerto Cortés destinada a dar facilidades al comercio e industria nacionales e internacionales para cuya organización funcionamiento y control se procederá conforme a las disposiciones de esta Ley, sus Reglamentos y demás leyes que le fueren aplicables”.
Artículo 2. La Zona Libre de Puerto Cortés es un área del territorio nacional bajo vigilancia fiscal y sin población residente. Su administración estará a cargo de la Institución que cree o designe el Poder Ejecutivo. En dicha Zona Libre podrán establecerse y funcionar empresas comerciales e industriales, básicamente de exportación y de actividades conexas o complementarias, nacionales y extranjeras, bajo el régimen que se establece en la presente Ley.
Artículo 3. El territorio de la Zona Libre de Puerto Cortés tendrá la extensión y límites que determine y apruebe el Poder Ejecutivo, previo dictamen de la Secretaría Técnica del Consejo Superior de Planificación Económica (ya no existe).