Con dispensa de dos debates y en medio de gritos e insultos de protesta de diputados de oposición, el Congreso Nacional aprobó la derogación del Decreto 100-2021, aprobado por la legislatura anterior, que otorgaba plazas a personal de “primera línea” de Salud y a maestros comunitarios de Proheco.
La Ley fue propuesta por la diputada Ivin Fonseca del Partido Libre, y contó con el respaldo de la Comisión de Educación, que preside el ex dirigente magisterial, Edgardo Casaña del mismo partido. Además votaron a favor los diputados del Partido Salvador de Honduras. La dispensa de debates fue solicitada por el diputado José Rosario Tejeda.
Previamente, Casaña se pronunció en contra del Decreto por considerar que violenta el artículo 165 de la Constitución (relacionado al Estatuto del Docente). “El magisterio está confrontado, unos exigen concursos y otro grupo exige se nombre sin concursar, tal como la manda el decreto 100–2021”, apuntaba el vicepresidente del Congreso.
Pero el alcance del decreto 100-2021 es mayor ya que involucra a personal de Salud que atendió pacientes durante la emergencia sanitaria del Covid.
¿Qué dice el Decreto 100-2021?
El decreto 100-2021, aprobado por el Congreso Nacional el año pasado, consideraba que el Artículo 20 del Estatuto del
Docente Hondureño prescribe “El docente que el docente que hubiere ingresado legalmente a un puesto y lo ocupare por un término de seis (6) meses consecutivos como mínimo, tendrá derecho a ocupar en propiedad un puesto de igual nivel sin cumplir nuevamente los requisitos de selección”.
Es así que ordenaba a la Secretaría de Educación que procediera “a nombrar de forma permanente por medio de las Direcciones Departamentales de Educación, al personal del Programa Hondureño de Educación Comunitaria (PROHECO), Promotores de Gestión Educativa y Coordinadores Departamentales que, hasta el año 2021, haya laborado para dicho Programa, y ostenten el grado de Licenciatura”.
Se daba el beneficio de acogerse al programa a los que obtuvieran la licenciatura en un período de dos, así como a los docentes tutores que ejercen su servicio en el Sistema de Aprendizaje Tutorial (SAT).
En el artículo 4, del mismo decreto, se incluyó incluir en los los beneficios establecidos en el Decreto No.47-2020 (personal de primera línea de Salud), “a todo el personal médico sanitario, asistencial y personal de apoyo a los servicios médicos
que hayan participado de forma efectiva en la atención a pacientes infectados con Covid-19 o en acciones preventivas para evitar los contagios del mismo”.
Esta ampliación, que incluye a personal de la administración central o descentralizada, incluyendo municipalidades o a través de organizaciones no gubernamentales (ONG) contratadas para esa labor, tiene un fuerte impacto en las finanzas públicas y su derogación fue apoyada por las nuevas autoridades del sector por no tener los fondos para contratarlos.