El Congreso Nacional aprobó ayer una amnistía para los afiliados al Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (Inprema), en concepto de intereses moratorios, ordinarios, y gastos administrativos de cuotas vencidas de los préstamos otorgados antes del 31 de diciembre de 2023.
El debate inició con la lectura del dictamen para “Conceder amnistía a favor de los afiliados al Inprema en concepto de intereses moratorios, ordinarios y gastos administrativos de cuotas vencidas de los préstamos otorgados antes del 30 de junio de 2022 (se modificó para el 31 de diciembre de 2023) y que se encuentren en situación de mora”.
La amnistía será aplicada a los docentes sin importar si se encuentran en condición de activos, inactivos, en suspenso, jubilados o pensionados, que soliciten acogerse a las disposiciones contenidas en el presente Decreto.
Los Docentes que no presenten capacidad de pago para cancelar la totalidad de los saldos adeudados, podrán gozar de la presente Amnistía siempre y cuando, paguen al menos el porcentaje mínimo establecido en la política que para tal efecto se elabore y suscriba un Arreglo de Pago por la diferencia de los saldos adeudados en mora.
Este arreglo la podrán suscribir a un plazo máximo de ochenta y cuatro (84) meses y a una tasa de interés equivalente al promedio de la tasa de rentabilidad de los últimos dos (2) años del Instituto. Los Docentes que se encuentren activos en las Planillas del Sector Educativo podrán gozar de un crédito para propósitos de pago de deuda, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Préstamos vigente.
El Artículo 3 concede amnistía “a favor de las Instituciones No Gubernamentales de Educación en recargos, intereses moratorios y sobre cargos por mora en el pago de planillas en concepto de pago de Cotizaciones y Aportaciones que adeudan al INPREMA”, siempre que cumplan con la condición de realizar el Pago o formalización de un Arreglo de Pago conforme a los lineamientos aprobados para tal efecto.
En estos casos se aplicará una tasa de interés por costo de oportunidad, que será determinada por el INPREMA.
Suspensión por dos años
Para garantizar que los docentes no vuelvan a caer en mora, no se concederán préstamos ni se otorgaran beneficios en los próximos 2 años a los docentes que estén bajo la cobertura de la presente amnistía. Se exceptúan de lo anterior, los beneficios de pensión por invalidez y sobrevivencia, en el caso de petición para el otorgamiento de beneficios, en base al principio de previsión social del Instituto.