El regulador financiero, la CNBS, autorizó al Banco Hondureño del Café (Banhcafé) a entregar 80 millones de lempiras de capitalización pendiente, en un período de seis años y usando las utilidades retenidas y las que puedan obtener en este y los próximos años.
En 2017, la CNBS aprobó a Banhcafe el aumento de 200 millones de lempiras del capital del banco, que pasaría de 500 a 700 millones de lempiras. Para este año quedaba pendiente dos pagos por un valor de 80 millones de lempiras que se tomaría de las utilidades retenidas en 2019-2020.
Sin embargo, las autoridades del banco solicitaron un nuevo plan de pagos de capitalización a realizarse en un plazo de seis años usando las utilidades retenidas de los años 2019-2024.
La solicitud de aumento de capital de 500 a 700 millones, fue presentada por el Gerente General de Banhcafé, César Arturo Zavala, y aprobada por unanimidad por los comisionados de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante resolución GES No.692/29-12-2020.
Se aprobó el plan de capitalización, la CNBS con fechas y ciertas regulaciones. La nueva capitalización será de resultados de ejercicios anteriores del período de la siguiente manera:
A. Capitalización de Diez Millones de Lempiras de las utilidades retenidas 31 de diciembre del 2019. B. Capitalización de Diez Millones de Lempiras de las utilidades retenidas al 31 de diciembre de 2020. C. Capitalización de Quince Millones de Lempiras de las utilidades retenidas al 31 de diciembre del 2021 D. Capitalización de Quince Millones de Lempiras de las utilidades retenidas al 31 de diciembre del 2022 E. Capitalización de Quince Millones de Lempiras de las utilidades retenidas al 31 de diciembre del2023. F. Capitalización de Quince Millones de Lempiras de las utilidades retenidas al 31 de diciembre del 2024.
“En virtud que el análisis al comportamiento de las utilidades de los períodos 2015 al 2019 revela que la Institución Bancaria genera resultados positivos que le permiten cubrir los montos propuestos en los períodos iniciales del plan de capitalización, los que de no ser suficientes deberán ser cubiertos en efectivo por parte de los accionistas de la Institución Bancaria”, señala la CNBS.
BANHCAFÉ deberá cumplir con los requerimientos de capital social mínimo y otros requerimientos especiales de capital que establezca la Comisión para efectos de cumplimiento del Índice de Adecuación de Capital, así como la constitución de reservas o provisiones, y cualquier otro ajuste que derive de las evaluaciones que practique la CNBS.
BANHCAFÉ no podrá realizar ninguna operación contable que refleje la capitalización de las utilidades para cumplimiento del Plan de Capitalización autorizado mediante esta Resolución, en tanto no cuente previamente con la certificación y autorización respectiva que para tales efectos emita la CNBS sobre la evaluación que realice a las mismas a través de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.