La aprobación Legislativa de reformas a la Ley de las ZEDE (aprobada en el Gobierno de Porfirio Lobo), ha creado nuevos conflictos legales, fiscales y financieros. Una de las reformas es la exclusión en el registro de divisas por exportaciones lo que involucra al sistema financiero y por ende al Banco Central de Honduras (BCH).
El Congreso Nacional “interpretó” el Artículo 1 de la Ley de Ingreso de Divisas provenientes de las Exportaciones (Decreto No.108-90) en el sentido que el mismo “no es aplicable a las exportaciones que realicen las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) a otros países ni a las exportaciones o ventas que se hagan desde el mercado nacional hacia una ZEDE”.
Hay que recordar que esa Ley (Decreto No.108.90) también excluye a las empresas que operan en las Zonas Libres y Zonas Industriales de Procesamiento (ZIP), en su mayoría maquilas, pero no las exonera del reporte de sus operaciones.
De igual manera con la compra o venta de dólares en las ZEDE donde se requiere la participación de bancos, financieras y aseguradoras. Dinerohn, remitió algunas consultas al respecto a la Autoridad Monetaria y estás fueron las respuestas:
¿Cuál es la opinión del BCH sobre la exclusión de la Ley de Ingreso de Divisas para las ZEDE? R/ Al excluir a las ZEDE de la aplicación del artículo 1 de la Ley de ingreso de divisas provenientes de las exportaciones implica que las exportaciones que realicen las ZEDE no estarán sujetas a la presentación de la Declaración de Exportación; en este sentido se le estaría aplicando el mismo trato a las ZEDE, igual al que se les da a las otras Zonas especiales que ya funcionan en el país (Zonas Libres –ZOLI- y Zonas Industriales de Procesamiento para Exportaciones -ZIP-).
¿Podrán los bancos vender dólares a las ZEDE sin declarar al BCH?
R/ Actualmente los bancos pueden vender a cada cliente hasta US$1.5 millones diarios de manera directa, de acuerdo con su disponibilidad. Los bancos remiten al BCH reportes estadísticos de sus operaciones en divisas, independiente de las negociaciones que realizan con algún cliente en particular.
¿Cuáles son los riesgos de este trato diferencial en el territorio nacional?
R/ La generación de información y el contar con los registros de las transacciones que surjan dentro de las ZEDES deberá normarse, con el propósito primordial de que se garantice la disponibilidad de estadísticas que permitan el análisis de las operaciones realizadas en estas zonas; igual a lo que ocurre en el caso de las Zonas Libres (ZOLI) y las Zonas Industriales de Procesamiento para Exportaciones (ZIP), donde existen bases de datos aduaneros, encuestas y registros administrativos.
“Es relevante considerar que para efectos de la medición de indicadores del sector externo y real de la economía nacional es fundamental poder identificar las transacciones entre residentes, entre no residentes, y entre residentes y no residentes.“, concluye el BCH.