Congreso aprueba amnistía municipal, de servicios públicos y del IHSS

El Congreso Nacional aprobó amnistías en materia tributaria municipal, seguro social, energética, vehicular, telefonía y del servicio agua potable. Las mismas tiene plazo hasta el 30 de septiembre.

La amnistía propuesta estaba aplicada para el 31 de julio, pero el jefe de la bancada de Libertad y Refundación (Libre), Rafael Sarmiento, solicitó que se extendiera el plazo hasta el 30 de septiembre.

En el caso de la amnistía tributaria, el beneficio es para todas las municipales con plazo hasta el 30 de septiembre para el pago de multas, intereses y recargos causadas por la mora vía administrativa o judicial que esté acumulada al 31 de diciembre de 2024.

Las otras amnistías aprobadas son en el Instituto Hondureño del Seguro Social (IHSS), Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), Instituto de la Propiedad (IP), Empresa Hondureño de Telecomunicaciones (Hondutel), y en el Servicio Autónomo Nacional de Acueducto y Alcantarillado (SANAA).

En el caso del Seguro Social se concede el beneficio de Amnistía para el pago de recargos y multas en las deudas originadas por falta de pago de los aportes patronales y de trabajadores a dicho Instituto, dejados de enterar por parte de los patronos obligados del sector público y privado, misma que será otorgada en la forma y condiciones siguientes:

1) Para ser beneficiario de la presente Amnistía, quien está en condición de morosidad, debe realizar el pago de la deuda principal en forma legal o documentar y garantizar el adeudo dentro de un período de diez (10) meses contados a partir de la vigencia de este Decreto;

2) Las condiciones y plazo de pago en el caso de documentación de la deuda deben ser establecidos por el INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS) conforme a la reglamentación que éste establece;

3) El IHSS debe restablecer el acceso a servicios de salud y protección social de los afiliados cuyos patronos paguen o regularicen sus adeudos en mora; y,

4) Las autoridades del IHSS deben realizar la depuración y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar consideradas incobrables de aquellos cotizantes, personas naturales y jurídicas que cerraron operaciones y no informaron al IHSS pero cuentan con la documentación que acredita dicho cierre o que la misma se encuentra consignada en informes de consultorías externas que estén liquidadas y fenecidas, debidamente comprobadas.

Para ser beneficiario, las personas naturales y empresas deben de cancelar la deuda pendiente, aunque sin multas, recargos o intereses. Esta amnistía permitiría recuperar recursos a las alcaldías y el fisco nacional.

Artículo anteriorExxonMobil Guyana ganó $4.700 millones en 2024
Artículo siguienteLas remesas familiares en Nicaragua subieron un 22,2% a mayo de 2025