El gobierno otorgará un “alivio financiero” a personas con créditos en la banca privada que sufrieron un aumento de las tasas de interés a partir de enero de 2023. La inesperada medida se cubriría con fondos públicos de Banhprovi y beneficiaría a unas 15.100 cuentas.
El Decreto Ejecutivo número PCM 40-2024, fue publicado este viernes en La Gaceta y dado a conocer en cadena nacional por la presidenta, Xioamara Castro.
El decreto, leído por la mandataria, contiene cifras y medidas contradictorias. Primero se acusa a los bancos de sacar capital al exterior afectando la liquidez financiera, y de aumentar las tasas de interés aún antes que el Banco Central revisara la Tasa de Política Monetaria (en 1, y 1,75 puntos en septiembre anterior).
A pesar de los señalamientos, se aprueba un “alivio financiero retroactivo” a partir de enero de 2023, período en el cual las tasas se incrementaron entre 0,5% y 8,7%.
“desde inicios del año 2023, el Sistema Bancario Comercial, inició un proceso de aumento en las tasas de interés para los créditos de vivienda, el cual se ha aplicado a aproximadamente 15,167 familias, desde 0.5 hasta 8.7 puntos porcentuales”, al menos cinco bancos registran las mayores alzas.
Este aumento representa para cada familia, “un ajuste de 1.500 lempiras en la cuota promedio mensual y aplicado a 15,167
familias representa más de 273 millones de lempiras en el último año”.
En un sólo banco el aumento de interés tuvo un promedio de 3.257 lempiras, señala el gobierno con datos de la CNBS. “Este aumento en las tasas de interés para los créditos de vivienda evidencia un comportamiento atípico en el mercado financiero nacional con respecto a la región”, señaló Castro.
Aseguró que el aumento en las tasas de interés no puede justificarse por los cambios en las condiciones financieras de los mercados internacionales, la inflación o los factores asociados al riesgo de país.
Acusó a las instituciones financieras de mover a bancos del extranjero hasta 1.800 millones de dólares (45 mil millones de lempiras) entre febrero de 2022 y octubre de 2024, disminuyendo la liquidez (dinero) en el sistema financiero.
Medidas de alivio
El decreto señala las “medidas extraordinarias de interés nacional para asegurar el bienestar económico y social de la población”.
ARTÍCULO 1. Se autoriza e instruye al Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), para que con fondos propios proceda a otorgar de inmediato y de acuerdo a su Ley Constitutiva, un alivio financiero a favor de aproximadamente 15,167 familias afectadas en sus préstamos de vivienda por el incremento de las tasas de interés en el sistema bancario, desde 0.5 hasta 8.7 puntos porcentuales pp) reportados hasta finales del mes de octubre del año 2024″.
El alivio debe aplicarse de forma retroactiva y estratificada a partir del mes de enero de 2023.
ARTÍCULO 2. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) debe proporcionar al BANHPROVI el listado de las personas naturales que cuentan con préstamos de vivienda en el sistema bancario nacional y que fueron afectadas con el incremento de las tasas de interés en los préstamos de su vivienda a partir de enero de 2023. Igualmente la CNBS debe facilitar toda la información complementaria requerida para
la entrega/transferencia del alivio financiero descrito en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3. El Banco Central debe proceder de inmediato a formular e implementar políticas para el sistema financiero nacional en apoyo a las actividades económicas, productivas y vivienda, a través de subastas de inyección de liquidez mediante la compra temporal de títulos
valores gubernamentales y la revisión del nivel diario mínimo de encaje legal de los bancos privados.
ARTÍCULO 4. Autorizar e instruir a CNBS, aplicar una disminución de hasta 0% del porcentaje de capital requerido a las instituciones del sistema bancario para garantizar los créditos productivos que tengan mora de 15 a treinta 30 días, y proveer liquidez al sistema bancario por un monto aproximado de mil 527.5 millones de lempiras (L1,527,500,000.00), en beneficio de al menos ciento veinticuatro mil (124,000) deudores de los sectores productivos, incluyendo vivienda.
ARTÍCULO 5. Las instituciones supervisoras del Sistema Financiero Nacional, la CNBS y el BCH, deben realizar un monitoreo constante como lo manda la Ley, sobre el comportamiento de la liquidez y las tasas de interés del Sistema Financiero en general. Los créditos suscritos por
personas naturales beneficiarias del alivio autorizado mediante el presente Decreto Ejecutivo, deben ser supervisados a través de medidas de garantía y protección para los clientes y usuarios del sistema financiero.