La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social confirmó la vigencia del Acuerdo Ejecutivo No. SETRASS-139-2024, referente al aumento de 1.300 lempiras mensuales para los empleados públicos, exceptuando los entes descentralizados, desconcentrados y las empresas públicas.
El convenio fue firmado en marzo y esta semana se publicó en el Diario Oficial La Gaceta.
El aumento tiene “un enfoque de equidad social a todos los servidores y funcionarios públicos de la Administración Central, sujetos o no al Régimen de Servicio Civil, los contratados temporalmente bajo la modalidad por contrato, incluyendo también aquéllos que aún existen bajo la modalidad de jornal”.
Para efectos de cálculo del décimo tercer mes de salario en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes salario en concepto de compensación social y vacaciones, se tomarán en cuenta los ajustes salariales acordados en esta fecha.
Se exceptúan de la aplicación de ajuste anterior únicamente:
a) Los empleados públicos que al momento de entrar en vigor el ajuste salarial acordado, están gozando de licencias no remuneradas en el entendido que, si la licencia sin goce de sueldo, se encuentre dentro del período que esté vigente este Acuerdo, el ajuste salarial se aplicará a partir de la fecha en que el servidor público se reintegre a su puesto de trabajo.
b) Aquellos servidores o empleados públicos, que ya hayan acordado un aumento para el ejercicio fiscal 2024, salvo que el beneficio económico acordado haya sido menor al ajuste aquí relacionado, en cuyo caso, el servidor público tendrá derecho a recibir la diferencia del ajuste salarial acordado en esta fecha, en el período que corresponda.
c) Los funcionarios y empleados públicos de la Administración Central, supeditados a los estatutos profesionales o regidos por Leyes Especiales.
d) Los empleados públicos que, a la fecha de aplicación del ajuste salarial correspondiente, se encuentren nombrados en forma interina.
e) Los empleados públicos que laboran en Instituciones Descentralizadas, Empresas Públicas No Financieras, Institutos de Previsión Social, Universidades Públicas, Instituciones Desconcentradas que no estén adscritos al Régimen de Servicio Civil.
“Se aprueba la revalorización y ajuste de los quinquenios que se hayan devengado al 31 de diciembre de 2023, para todos aquellos empleados públicos que se encuentren bajo el Régimen de Servicio Civil, efectivo a partir del primero de enero de 2024, es decir, un aumento de cien lempiras (L100.00) a la revalorización de cada uno de los quinquenios”, apunta.
La Administración Nacional de Servicio Civil ANSEC), deberá incluir la revalorización y ajuste, así como la actualización en el Anexo Desglosado de Sueldos y Salarios.
La revaloración de estos quinquenios aplica únicamente para los empleados que se encuentren en servicio activo. Asimismo, se instruye a la Secretaría de Finanzas, indicar las operaciones presupuestarias que se requieran para la identificación y financiamiento de los fondos
con los que cada una de las instituciones procederá a realizar estos pagos.
El ajuste salarial y revaloración de los quinquenios aprobados, servirá como referencia para la aplicación en las entidades descentralizadas, desconcentradas y/o demás instituciones del sector público siempre y cuando cuenten con la disponibilidad presupuestaria para ello.
El ajuste salarial general acordado, será efectivo a partir del 01 de enero de 2024; por lo que la fecha de aplicación del pago deberá ser a más tardar el 31 de junio de 2024.