Gobierno deja a trabajadores del sector privado sin feriados ni vacaciones

La publicación en http://www.trabajo.gob.hn/comunicado-11/

Comunicado oficial autoriza a empresas a “acordar” pago de salario durante cuarentena del Covid-19, a cambio de derechos laborales

El Gobierno, a través de la Secretaría de Trabajo, autorizó a la empresa privada a “convenir” con los trabajadores que los feriados y las vacaciones anuales sean consideradas como “otorgadas y gozadas”, por los días que dure la cuarentena por el Covid-19.

Mientras los distintos países buscan asegurar ingresos y estabilidad laboral a los trabajadores, en medio de la emergencia sanitaria para evitar el contagio del coronavirus, el gobierno señala que la medida busca “garantizar el mantenimiento de los empleos y la sostenibilidad productiva de las empresas”.

Carlos Madero, ministro del Trabajo

El polémico comunicado, que violenta el artículo 128 de la Constitución, fue publicado en la página oficial de la Secretaría del Trabajo y en su primer enunciado señala:

“Se autoriza a los empleadores y trabajadores del sector privado para que mediante acuerdo entre las partes convengan que los días feriados señalados en el artículo 339 del Código de Trabajo se consideren como otorgados y gozados por parte de los trabajadores durante el periodo de vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por la propagación del Covid-19 (Coronavirus)”.

Es entendido que los días señalados en el precitado artículo, serán considerados como una jornada ordinaria de trabajo una vez sea suspendida la declaratoria de la Emergencia Sanitaria Nacional y no será aplicable lo señalado en el artículo 340 del Código de Trabajo respecto al pago del duplo de salario, agrega.

En el segundo enunciado, señala: “Con fundamento en el artículo 348 del Código de Trabajo; los empleadores podrán conceder a cuenta de vacaciones, los días que, en virtud del Estado de Emergencia Sanitaria Nacional por propagación del Covid-19 (Coronavirus), los trabajadores
no se presenten a laborar en su jornada ordinaria
“.

Más de 20 días por derecho

Según el Código del Trabajo son 8 feriados oficiales y tres días de la Semana Santa (jueves, viernes y sábado), lo que dejaría 10 días pendientes (ya pasó el feriado de 1 de enero) de feriados en este año.

Además cada trabajador tiene derecho, después de un año de trabajo continuo, a 10 días de feriado remunerado, al segundo año 12 días, tercer año 15 y cuarto año en adelante 20 días de vacaaiones.

Es decir que los 14 días de cuarentena actual iría a cuenta de feriados y parte de las vacaciones del obrero, si se extiende la cuarentena 14 días más se cargaría sobre la totalidad de las vacaciones pendientes.

El aporte empresarial a la crisis sanitaria sería nulo, ya que el pago de salarios actual sería cargado en las planillas a cuenta de feriados y vacaciones.

La medida, que no aplica al sector público, violenta el artículo 128 de la Constitución de la República que señala: Las leyes que rigen las relaciones entre patronos y trabajadores son de orden público. Son nulos los actos, estipulaciones o convenciones que impliquen renuncia, disminuyan, restrinjan o tergiversen las siguientes garantías:

Numeral 8, derecho a disfrutar cada año de un período de vacaciones remuneradas: Numeral 9, los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados que señala la Ley.

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