Superintendencia de Colombia sanciona a los operadores Claro y Tigo por vulnerar derechos de los consumidores

Claro y Tigo dominan el mercado móvil en varios países de Latinoamérica

La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (SIC), impuso multas a los operadores móviles, CLARO y TIGO por 2.877.000.000  pesos (unos 732.680 dólares) al vulnerar el régimen de protección al consumidor. 

De acuerdo con el anuncio de la SuperIndustria, estas empresas incurrieron en faltas como publicidad engañosa, cláusulas abusivas, desconocer la titularidad de las líneas móviles y tratar de librarse de toda responsabilidad en caso de encontrarse fallas en la prestación del servicio. Esta autoridad calificó como graves estas conductas, razón en la que justificó la sanción.

La empresa COMUNICACIÓN CELULAR S.A. – COMCEL S.A. (CLARO) fue sancionada con multa por 1.534 millones de pesos colombianos (unos $393.000), al probarse que el operador emitió publicidad engañosa dentro de las campañas “¿MIEDO? NI QUE MIS REDES GASTARAN DATOS” y “ELIJO DISFRUTAR SIN LÍMITES LO QUE ME GUSTA”.

Así mismo, respecto de la segunda de las campañas, se evidenció que el proveedor incluyó cláusulas abusivas que limitaban su responsabilidad y atribuían responsabilidad a las aplicaciones por el consumo de datos del plan del usuario. 

Se pudo establecer que el operador no cumplía con la información objetiva señalada dentro de las piezas publicitarias analizadas, pertenecientes a las campañas mencionadas previamente, pues aun cuando se indicó que el uso de las aplicaciones Facebook, WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el contrario, el uso de algunas funcionalidades de las aplicaciones – como las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo – sí generaba consumo de los datos de los planes móviles de los usuarios.  

CASO TIGO

En este caso, la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó al operador COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P. (TIGO), con una multa de 1.343 millones de pesos ($340.000.) por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles. 

El operador TIGO habría: Reutilizado y/o reciclado líneas móviles de usuarios sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes. Modificado unilateralmente los contratos de prestación de servicios.Desatendido los requerimientos de información efectuados en el marco de las averiguaciones preliminares que se adelantaban por dichas infracciones. 

“Se pudo establecer que TIGO habría optado por realizar cambios en la titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago, sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la línea móvil – es decir, sin realizar ni recibir llamadas, sin cursar tráfico de datos, sin enviar ni recibir SMS y, sin hacer recargas, ni tener saldos vigentes – y sin dar previo aviso a los usuarios. De este modo, dispuso libremente de las líneas en modalidad prepago que eran propiedad de sus usuarios, en contravención de las reglas previstas en la regulación vigente”, informó la SIC.

De otra parte, se pudo establecer que TIGO modificó de manera unilateral y sin el consentimiento de algunos de sus usuarios, las condiciones contractuales inicialmente pactadas en sus planes denominados: Internet Móvil Tigo Control, Arma Tu plan y Tigo Control Corporativo 4, a los planes Pospago 5.11, Pospago 5.2 y Pospago 5.3, amparado en un presunto cambio tecnológico al interior de la compañía. La conducta reprochada, no solo consistió en una modificación unilateral no permitida por la regulación vigente, sino que tuvo como consecuencia el desmejoramiento de las condiciones de servicio pactadas con los usuarios. 

Contra las anteriores decisiones proceden los recursos de reposición y de apelación.  

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