La CNBS aún no responde sobre acceso público a cuentas de funcionarios públicos

El comunicado parcial de la CNBS

La CNBS tiene atribución para investigar por lavado de activos y enriquecimiento ilícito

La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) emitió un comunicado donde responde parcialmente al Decreto Ejecutivo Número PCM 22-2023 referente a la investigación y publicación de las cuentas bancarias, dentro y fuera del país, de los funcionarios del Poder Ejecutivo, previa autorización de los mismos.

La medida es parte de la “transparencia” pública del Gobierno Central (faltaría el Poder Legislativo y el Judicial) para apoyar la Ley de Justicia Tributaria que modificaría el llamado “secreto bancario” que actualmente impide el acceso a información financiera, con excepción de investigación judicial o fiscal, previa mediación de la CNBS.

La Comisión de Bancos no se refirió al acceso público a la información financiera y se limitó a reconocer lo que establece la Ley de Lavado de Activos, que si les compete la investigación de las cuentas, pero que la información es “al Ministerio Público”, en los casos que completa.

“La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) respondió parcialmente al en relación al Decreto Ejecutivo Número PCM 22-2023 aprobado por la Presidenta de la República Xiomara Castro en Consejo de Secretarios de Estado, informa a toda la población hondureña que la autorización en dicho decreto de investigar las cuentas y el patrimonio individual es consistente con la Ley Especial contra el Lavado de Activos que tiene como finalidad establecer las medidas y acciones atinentes al sistema de prevención, control y combate para los delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo”.

Esa ley, indica en “sus artículos 29 y 30 la responsabilidad de la CNBS por medio de su Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de solicitar, recibir, analizar e informar al Ministerio Público, sobre aquellos eventos que sean considerados objetivamente como probables casos de enriquecimiento ilícito, lavado de activos o financiamiento del terrorismo y demás información financiera relacionada con los delitos tipificados en dicha Ley”.

Asimismo, la CNBS como miembro de diversos organismos y comités internacionales en materia de prevención de lavado de activos, como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI o FATF por sus siglas en inglés), el Grupo de Unidades de Inteligencia Financiera (Grupo EGMONT), Grupo de Expertos Gubernamentales (GEG), Grupo de Expertos para el control de Lavado de Activos, entre otros, tiene el compromiso de brindar información pertinente para investigar y prevenir el blanqueo de capitales, el enriquecimiento ilícito, y el financiación del terrorismo.

“La CNBS aclara que no pretende sustituir las funciones constitucionales y legales del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), sino apoyar todas las iniciativas de la Presidencia de la República para promover la transparencia financiera y el combate a enriquecimiento ilícito, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros”, concluye.

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