La Secretaría de Finanzas pidió a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que revise el proceso de embargos judiciales contra el Estado que estarían violentando disposiciones constitucionales vigentes.
En una carta enviada por el titular de Finanzas, Emilio Hernández Hércules, a la presidenta de la CSJ, Raquel Obando, se pide la aplicación del artículo 313 del Presupuesto General 2025 (ampliado para este 2026), que evita la retención directa de fondos de la Cuenta Única del Tesoro (CUT) y que sea a través de la Tesorería General (TGR) de acuerdo a la disponibilidad de fondos del ente demandado.
Y es que el embargo judicial sobre cuentas de la Tesorería General (TGR/CUT) implica la retención forzosa de fondos públicos, afectando todas las partidas presupuestarias.
«Hemos sufrido embargos judiciales millonarios de forma sistemática, por ello instamos a la CSJ a cumplir el art. 313 del Presupuesto General. El pago de sentencias firmes debe realizarse vía TGR, para evitar afectar la Cuenta Única del Tesoro y garantizar los servicios públicos», señala Finanzas.
¿Qué establece el artículo 313?
La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a través de la Tesorería General de la República (TGR), garantiza el pago de las sentencias judiciales firmes como consecuencia de demandas promovidas contra las instituciones del sector público.
Cuando se emitan órdenes judiciales, para la aplicación de embargos como resultado de la ejecución de dichas sentencias, los juzgados correspondientes librarán el oficio o copia de la sentencia firme directamente a la TGR para que los montos embargados se ajusten a la disponibilidad presupuestaria de cada una de las instituciones demandadas, sin que se
afecte el cumplimento de los pagos en concepto del servicio de la deuda pública (externa/interna), servicios personales (pagos de salarios y colaterales) y el presupuesto correspondiente a la función operativa de las mismas.
En caso de incumplimiento se aplicará lo dispuesto por el Artículo 4 de las presentes disposiciones.
El artículo 4, se refiere a multas de tres a treinta salarios mínimos por parte de la Procuraduría
General de la República (PGR), una vez concluido el procedimiento por responsabilidad civil o administrativa en el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), y sin perjuicio de la responsabilidad penal. Finanzas, está facultada para remitir al TSC, los casos de incumplimiento y/o violaciones a la presente ley.
Un informe reciente indica que entre 2022 y 2024 se pagaron más de 9.000 millones de lempiras en demandas judiciales.





























