La Secretaría de Salud debe “agilizar” los nombramientos, pide SEFIN en un twitter
Con retraso de casi un año, desde que se reglamentó su aprobación, la Secretaría de Finanzas informó que se “emitió certificación para la creación de 8.822 plazas para personal de primera línea de la SESAL” (Secretaría de Salud), en base al Decreto Legislativo 047-2020.
Sefin exhortó a las autoridades de Salud y de la Dirección General de Servicio Civil para “agilizar el proceso de nombramiento”. Vía twitter, la entidad informó de la medida es por “instrucciones” de la Presidencia y en cumplimiento del “DL-47-2020”.
Dicho decreto fue publicado en junio del 2020 y reglamentado desde diciembre de ese año. Sin embargo, no se aplicó, por procedimientos burocráticos, y el personal contratado fue “suspendido” el año pasado al bajar los niveles de contagio del Covid, y ahora el personal médico prepara una demanda colectiva por el incumplimiento estatal.
¿A quiénes abarca?
Según el Decreto Legislativo 047-2020, se autoriza a Salud y “demás instituciones del Gobierno de la República prestadoras de servicio de salud o que por otras razones tienen contratado personal de salud, incluyendo al Sistema Nacional de Emergencia (911) para el caso del servicio de TELEMEDICINA y otros servicios relacionados a la emergencia del COVID-19, y al Comité Nacional de Contingencias (COPECO), a emitir los acuerdos de nombramiento permanente del personal médico y sanitario, asistencial y personal de apoyo a los servicios médicos que actualmente labora bajo la modalidad de contrato”.
Este incluye a los contratados “a través del Proyecto “Código Verde Más” que haya participado de forma efectiva, en la atención de pacientes infectados por COVID-19 y en acciones preventivas para evitar el contagio del mismo; siempre y cuando no tengan ya una plaza permanente en el Sistema de Salud Pública del país”.
Según el Acuerdo Ejecutivo No. 003-2020, firmado por la ministra de Salud, Alba Flores, el reglamento del decreto establece las condiciones de selección y nombramiento del personal de primera línea, pero “los Nombramientos deben realizarse de manera gradual y progresiva de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de la Secretaría de Salud”.
El proceso de nombramiento daba prioridad a los departamentos de “Islas de la Bahía, Gracias a Dios y otros lugares que requiera mejorar indicadores de salud (mortalidad materna e infantil, desnutrición, necesidades especiales por emergencias y otros)”.
Los directores de los centros de salud son los responsables de acreditar la contratación y remitir un informe a Finanzas.
Artículo 12. Criterios para seleccionar el personal beneficiado:
a) Haber realizado labores efectivas de atención directa y preventiva en la lucha frente al COVID-19;
b) Antigüedad en la contratación;
c) Evaluación de desempeño del puesto desempeñado;
d) Acta de compromiso firmada por el beneficiario mediante el cual el beneficiario acepta que la Autoridad Nominadora pueda reorientar el recurso para fortalecer el sistema de salud, de conformidad a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo 047-2020
e) Constancia firmada por la máxima autoridad del centro o dependencia donde presta sus servicios; y
f) Título acreditado al momento del nombramiento.