Mientras se mantiene el debate de la Ley de Justicia Tributaria en el Congreso Nacional, la Secretaría de Finanzas (SEFIN), mediante Acuerdo número 143-2025, aprobó un nuevo “Reglamento Contentivo de los Procedimientos de Control, Comprobación y Verificación de las Exoneraciones”.
Este reglamento establece los procedimientos administrativos que permitirán a las autoridades verificar que los beneficiarios de exoneraciones fiscales, incluyendo exenciones tributarias y franquicias aduaneras, cumplan con los compromisos y objetivos que dieron origen a dichos beneficios.
El artículo primero señala que el objetivo es “establecer los procedimientos administrativos para la aplicación de las disposiciones legales contenidas en los artículos 20 numeral 3) y 21 numerales 13) y 14) del Código Tributario contenido en el Decreto No. 170-2016, y 29 de la
Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Público contenida en el Decreto No. 113-2011 y demás normativa aplicable”. De igual manera, su objeto es aclarar, desarrollar y complementar las normas legales antes citadas para una aplicación más clara y efectiva.
Entre los considerandos del Acuerdo, se señala que en 2022, Finanzas, el SAR y Aduanas, realizaron una revisión exhaustiva de los regímenes especiales y sus beneficios fiscales en la que “constataron que la ausencia de procedimientos de verificación y control ha permitido que los beneficiarios de exoneraciones tengan espacios para incurrir en abusos“.
El reglamento es de aplicación nacional y está dirigido a beneficiarios de exoneraciones fiscales otorgadas por leyes generales o especiales de naturaleza tributaria o aduanera. También se extiende a todas las transacciones reportadas a través de sistemas automatizados, dispensas y otros mecanismos vinculados con beneficios fiscales.
Verificación a cargo de la DGEFFA
El proceso de verificación será realizado por la Dirección General de Exoneraciones Fiscales y Franquicias Aduaneras (DGEFFA), dependencia de SEFIN, con el apoyo técnico del Servicio de Administración de Rentas (SAR) y de la Administración Aduanera de Honduras (AAH). Cada institución ejercerá funciones específicas, incluyendo auditorías, levantamiento de actas, elaboración de dictámenes técnicos y la aplicación de sanciones cuando corresponda.
Entre los aspectos más relevantes del reglamento se destacan:
- Verificación del cumplimiento de compromisos y objetivos: Se evaluará si los beneficiarios han cumplido con los fines establecidos en sus proyectos aprobados, tales como generación de empleo, inversión o exportación.
- Validación del uso de exoneraciones: Se revisará si las exoneraciones fueron utilizadas conforme a los fines previstos y si los bienes importados o las operaciones exentas fueron correctamente aplicadas.
- Facultad de cancelación: La SEFIN podrá cancelar los beneficios fiscales cuando se determine el incumplimiento total de los compromisos del beneficiario. En caso de incumplimientos parciales, se informará a las entidades competentes para las acciones correspondientes.
- Sanciones y efectos de la resolución: La resolución que emita la DGEFFA podrá ordenar la cancelación de la exoneración, la suspensión de mecanismos electrónicos, la determinación de tributos dejados de pagar y la imposición de sanciones administrativas. En ciertos casos, también podrá remitirse información al Ministerio Público.
- Plazos del procedimiento: El reglamento establece plazos claros para cada etapa del proceso, que puede durar hasta 8 o 10 meses dependiendo de si se realiza de forma individual o conjunta entre instituciones.