Finanzas aprueba reglamento sobre control y verificación de exoneraciones fiscales

El SAR y las Aduanas son los entes encargados de cobrar los impuestos

Mientras se mantiene el debate de la Ley de Justicia Tributaria en el Congreso Nacional, la Secretaría de Finanzas (SEFIN), mediante Acuerdo número 143-2025, aprobó un nuevo “Reglamento Contentivo de los Procedimientos de Control, Comprobación y Verificación de las Exoneraciones”. 

Este reglamento establece los procedimientos administrativos que permitirán a las autoridades verificar que los beneficiarios de exoneraciones fiscales, incluyendo exenciones tributarias y franquicias aduaneras, cumplan con los compromisos y objetivos que dieron origen a dichos beneficios. 

El artículo primero señala que el objetivo es “establecer los procedimientos administrativos para la aplicación de las disposiciones legales contenidas en los artículos 20 numeral 3) y 21 numerales 13) y 14) del Código Tributario contenido en el Decreto No. 170-2016, y 29 de la
Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Público contenida en el Decreto No. 113-2011 y demás normativa aplicable”. De igual manera, su objeto es aclarar, desarrollar y complementar las normas legales antes citadas para una aplicación más clara y efectiva.

Entre los considerandos del Acuerdo, se señala que en 2022, Finanzas, el SAR y Aduanas, realizaron una revisión exhaustiva de los regímenes especiales y sus beneficios fiscales en la que “constataron que la ausencia de procedimientos de verificación y control ha permitido que los beneficiarios de exoneraciones tengan espacios para incurrir en abusos“.

El reglamento es de aplicación nacional y está dirigido a beneficiarios de exoneraciones fiscales otorgadas por leyes generales o especiales de naturaleza tributaria o aduanera. También se extiende a todas las transacciones reportadas a través de sistemas automatizados, dispensas y otros mecanismos vinculados con beneficios fiscales. 

Verificación a cargo de la DGEFFA

El proceso de verificación será realizado por la Dirección General de Exoneraciones Fiscales y Franquicias Aduaneras (DGEFFA), dependencia de SEFIN, con el apoyo técnico del Servicio de Administración de Rentas (SAR) y de la Administración Aduanera de Honduras (AAH). Cada institución ejercerá funciones específicas, incluyendo auditorías, levantamiento de actas, elaboración de dictámenes técnicos y la aplicación de sanciones cuando corresponda.

Entre los aspectos más relevantes del reglamento se destacan: 

  • Verificación del cumplimiento de compromisos y objetivos: Se evaluará si los beneficiarios han cumplido con los fines establecidos en sus proyectos aprobados, tales como generación de empleo, inversión o exportación. 
  • Validación del uso de exoneraciones: Se revisará si las exoneraciones fueron utilizadas conforme a los fines previstos y si los bienes importados o las operaciones exentas fueron correctamente aplicadas. 
  • Facultad de cancelación: La SEFIN podrá cancelar los beneficios fiscales cuando se determine el incumplimiento total de los compromisos del beneficiario. En caso de incumplimientos parciales, se informará a las entidades competentes para las acciones correspondientes. 
  • Sanciones y efectos de la resolución: La resolución que emita la DGEFFA podrá ordenar la cancelación de la exoneración, la suspensión de mecanismos electrónicos, la determinación de tributos dejados de pagar y la imposición de sanciones administrativas. En ciertos casos, también podrá remitirse información al Ministerio Público. 
  • Plazos del procedimiento: El reglamento establece plazos claros para cada etapa del proceso, que puede durar hasta 8 o 10 meses dependiendo de si se realiza de forma individual o conjunta entre instituciones. 
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