La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) propuso una «tarifa transitoria» de 9.3 centavos de dólar por kilovatio hora para los autoproductores de energía renovable que inyecten excedentes al sistema eléctrico nacional, como parte de una estrategia orientada a mitigar el impacto del alza en los precios de los combustibles.
La propuesta fue analizada durante una audiencia pública de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), y es parte de la Ley General de la Ley General de la Industria Eléctrica, la cual establece la obligación de la ENEE de adquirir los excedentes de energía renovables, y sería dirigida a la generación solar.
El elevado precio, es menor al que se paga actualmente a los generadores privados solares.
La ENEE informó que elaboró una propuesta basada en metodologías ajustadas a normativas vigentes, la cual fue presentada y discutida en la audiencia pública, junto a otros aspectos técnicos que la CREE analizará antes de emitir una resolución final en los próximos días.
La tarifa transitoria aplicará tanto para usuarios residenciales como comerciales que cuenten con sistemas de generación renovable y que inyecten excedentes a la red.
Según datos preliminares, actualmente se estiman unos 60 megavatios instalados en generación. Sin embargo, se aclaró que esta capacidad no se inyecta en su totalidad, ya que los usuarios únicamente aportan los excedentes de su consumo.
El mecanismo funcionará mediante un crédito en la factura eléctrica, calculado en función de la energía inyectada frente al consumo del usuario. No obstante, las autoridades subrayaron que los autoproductores deben dimensionar sus sistemas de acuerdo con su demanda real, evitando instalar capacidades superiores que los conviertan en generadores formales.
Asimismo, se enfatizó que uno de los principales aspectos a resguardar es la seguridad del sistema eléctrico, por lo que la capacidad de inyección no debe superar el consumo promedio del usuario.
Con esta medida, la ENEE busca incentivar la generación distribuida y promover el uso eficiente de fuentes renovables en el país.
¿Qué dice la Ley?
La Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE) establece en el literal D. del artículo 15 lo
siguiente: “Las empresas distribuidoras estarán obligadas a comprar el exceso de energía proveniente de fuentes de energía renovable que generen los usuarios residenciales y comerciales y que inyecten de retorno a la red, acreditándoles los valores correspondientes en la factura mensual. Cada distribuidora deberá proponer a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) para su aprobación la tarifa que se aplicará para tales compras. A ese fin las empresas distribuidoras instalarán medidores bidireccionales a esos consumidores. El Reglamento normará lo relativo a la medición y a la liquidación mensual”.






























