Las autoridades de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) señalaron que la denuncia interpuesta por el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) de utilizar de forma irregular unos 600 millones de lempiras en publicidad y propaganda a través de la Secretaría de Planificación Estratégica (SPE) carece de sustento legal.
Bajo el título “La Ministra y Ministros de Finanzas han actuado en el marco de la legalidad y la transparencia en campaña difamatoria del CNA forma parte de la agenda del bipartidismo”, Sefin defiende la actuación de tres de los seis funcionarios señalados por el CNA.
Sobre la denuncia del CNA en contra de la ex Ministra Rixi Moncada, el ex Ministro Marlon Ochoa y el actual Ministro de la Secretaría de Finanzas (SEFIN), Christian Duarte, “acusándolos de la comisión del delito de malversación de caudales públicos por la aprobación de modificaciones presupuestarias para financiar gastos en publicidad y propaganda de la Secretaría de Planificación Estratégica (SPE)”, Sefin responde quela misma es “es espuria y carece de todo sustento legal”.
Aseguran que “cada hallazgo dado a conocer hace referencia a facultades, prerrogativas y operaciones reconocidas en las leyes vigentes, las que amparan las acciones efectuadas por las autoridades de la Secretaría de Finanzas. Al obviar la normativa aplicable y vigente para el caso, es evidente que el CNA en ningún momento busca hacer justicia o combatir una supuesta corrupción”
“La denuncia presentada forma parte de una campaña que busca desprestigiar y fomentar el escarnio público contra funcionarios que han sostenido posiciones soberanas frente al intervencionismo y las redes de corrupción público privadas”, añaden.
No hay ilegaligad en hallazgos del CNE, dice Sefin
Finanzas no niega la aprobación de fondos, y señala que el procedimiento fue legal, respondiendo así a los hallazgos del informe del CNA:
“Ampliación del presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica en más de L100 millones durante 2023. Los artículos 34 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2023, y 35 y 37 de la Ley Orgánica del Presupuesto, facultaban legalmente a la Ministra de Finanzas a suscribir modificaciones presupuestarias”.
“Redestinar fondos de un crédito del BCIE hacia gastos en publicidad y propaganda mediante la SPE. i) El crédito fue suscrito como un apoyo presupuestario, por lo que el Gobierno tenía facultades para destinarlo según prioridades de gasto. ii) El artículo 36 de la Ley Orgánica del Presupuesto autoriza a SEFIN para incorporar al presupuesto vigente los recursos externos provenientes de donaciones y convenios de préstamo mediante Resolución interna. iii) Los artículos 36 y 41 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2023, establecen los procedimientos y operaciones presupuestarias y financieras que SEFIN cumplió a cabalidad”.
“Utilizar excedentes del Banco Central de Honduras (BCH) para financiar gastos de publicidad y propaganda mediante la SPE. El artículo 5 de la Ley Orgánica del Banco Central permite al Banco la distribución del excedente neto después de haber hecho las reservas correspondientes, debiendo transferirlo a la Tesorería General de la República. En ese sentido, tal como lo establece el artículo 4 de la Ley Orgánica de Presupuesto, la SEFIN, como institución rectora del subsistema de tesorería, distribuyó los fondos para el pago de las obligaciones financieras derivadas de publicidad y propaganda”, apuntan.
“Uso indebido de la partida “449 Servicios Financieros de la Administración Central” para pago de publicidad y propaganda, al no ceñirse a ninguno de los 4 supuestos del artículo 40 de la Ley Orgánica del Presupuesto. Además de los supuestos señalados en el artículo 40 de la Ley Orgánica del Presupuesto, el artículo 19 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos 2024, señala otros escenarios para incorporar recursos de la partida 449, como ser: el de “6) Resolver situaciones emergentes no previstas”; por su parte, los artículos 33 y 230 de las referidas Disposiciones Generales del Presupuesto facultan a la SEFIN para realizar el traslado de donaciones y créditos externos y otras operaciones relacionadas con la institución “Servicios Financieros de la Administración Central 449”.
Según Finanzas,la denuncia del CNA no tiene fundamento, en vista de que todas las actuaciones de las autoridades de SEFIN se hicieron conforme a ley. La falsedad de la acusación otorgaría a los señalados el derecho a denunciar una falsa denuncia y simulación de infracción inexistente, según los artículos 528 y 529 del Código Penal, apunta el comunicado.