El Ministerio de Economía de Guatemala informó que, después de casi siete años de gestiones ante las autoridades sanitarias de Honduras, cuatro plantas productivas de Guatemala fueron habilitadas para exportar sus productos al país.
“La medida se logró gracias al esfuerzo institucional conjunto de los ministerios de Economía, Salud y Agricultura, quienes, tras múltiples gestiones y consultas bajo el marco del Mecanismo de Solución de Controversias Comerciales entre Centroamérica, consiguieron que las unidades productivas de Amerador S.A. (Trebolac), Disar S.A. Planta el Tejar (Sarita), Helados de Centroamérica S.A. (Dos Pinos) y Productos Lácteos de Centroamérica S.A. (LALA) fueran habilitadas por un período de tres años, de acuerdo como lo establece el Reglamento Centroamericano sobre Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios”, informó el Ministerio guatemalteco.
Desde el 2018, Honduras había impedido las importaciones de lácteos producidos en Guatemala debido a un compromiso asumido por la mayoría de los países centroamericanos en donde las plantas que producían lácteos para exportar debían ser inspeccionadas y certificadas por las autoridades del país de destino.
“Ahora, con la habilitación de las plantas mencionadas los productos lácteos nacionales podrán ser adquiridos por los consumidores hondureños”, agrega el informe.
Hay que recordar que el año pasado la Comisión de Integración del Congreso guatemalteco intermedió ante el reclamo de las empresas ante la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), utilizando el Mecanismo de Solución de Controversias Comerciales entre Centroamérica (MSC).
El MSC es un sistema interestatal de solución de diferencias. Combina medios diplomáticos y jurídicos para resolver las disputas que surjan entre los Estados Parte del subsistema de la Integración Económica Centroamericana.
Dispone de cuatro fases: consultas; intervención del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO); arbitraje (tribunal ad hoc) y suspensión de beneficios (orientada a corregir el incumplimiento de laudos arbitrales). La controversia se resolvió sin recurrir a un fallo.