La recaudación de la nueva tasa será repartida entre Aduanas, IP y Alcaldías
Como una “modificación” al Decreto 188-2020, que amplió la amnistía tributaria del 2019, el Congreso Nacional aprobó una reforma a la legislación sobre la prohibición de la importación de automotores cuya fecha de fabricación sea mayor a los 15 años.
Basándose en los efectos del Covid-19, el Congreso amplió en enero la amnistía tributaria e incluyó, en su numeral 5 del Decreto 188-2020, el permiso por seis meses para la nacionalización de autos con placas extranjeros. Se agregó que en el caso de autos fabricados en el año 1996 o antes, deberían pagar un cargo de 10.000 lempiras, “lo que incluye la matrícula 2020, tasa municipal, almacenamiento, desaduanaje o cualquier otro cargo por almacenamiento”.
Sin embargo, mediante el Decreto No.9-2021, el Congreso Nacional reformó esta medida y la extendió por un año, agregando que: “se permita la importación, nacionalización y registro de los vehículos con o sin placas de otros países, sin importar el origen, del tipo de vehículo o de la antigüedad del mismo”.
Siempre pagando los 10.000 lempiras para los autos de fecha 1996 o antes, pero agregando nuevos destinos de los fondos recaudados.
Repartición 50/25/25
El pago de los 10.000 lempiras por los autos de 1996 o antes, se destinará a las instituciones estatales relacionadas de la siguiente forma: “50 por ciento para la Administración Aduanera, 25% para el Instituto de la Propiedad, y el restante 25% para la Alcaldía Municipal del domicilio del obligado tributario”. Este pago incluye la matrícula 2020, señala el decreto.
Los vehículos del año 1997 en adelante pagarán conforme al régimen impositivo vigente, debiendo pagar de forma normal la matrícula y la tasa municipal, además de los otros cargos como la Ecotasa.